DISPOSITIVA
Este Despacho Judicial revisadas y analizadas las actuaciones que cursan en la Causa Nº CJPM-TM13C-016-18, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Sobreseimiento de la Causa, realizada por la Fiscalía Militar Trigésima Tercera de La Fría, con Competencia Nacional, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia, este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control con sede en La Fría – Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PENAL MILITAR Nº CJPM-TM13C-048-17 (Nomenclatura nuestra), en favor del ciudadano DAMACIO HUMBERTO LOZADA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.730.697, por encontrarse presuntamente incurso en los delitos militares de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 502, del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto las Medidas Cautelares impuestas en fecha 21 DE JULIO de 2017, al ciudadano DAMACIO HUMBERO LOZADA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.730.697, en consecuencia césense las mismas. Vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial. Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal Militar. Hágase como se ordena.