REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR SÉPTIMO DE EJECUCIÓN


Vista la Sentencia Condenatoria de fecha 06 de Julio de 2017, la cual corre inserta del folio ciento treinta y cuatro (134) al ciento treinta y siete (137) vuelto de la pieza numero dos (02), de la causa N° CJPM-TM20C-003-2017, la cual fue dictada por el Tribunal Militar vigésimo de Control con sede en San Juan de los Morros, Estado Guárico, mediante la cual condenó a los ciudadanos: SARGENTO PRIMERO S/1°. Iván Moisés Canónico, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.651.223, al S/1°. Orangel Antonio Milano Martínez, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.144.392, plaza de la Base Aeroespacial. Cap. Manuel Ríos (Baemari). El Sombrero. Estado Guárico, quien fue condenado por el referido Tribunal Militar a una pena de TRES (03) AÑOS CON CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más la penas accesorias de Ley, de acuerdo al Artículo 407 en sus Cardinales 1, 2 y 3 del Código Orgánico de Justicia Militar, como son: Inhabilitación Política por el tiempo de la pena, separación del servicio activo y perdida del derecho a premio, por la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEPTIMO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, PROCEDE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 69, 471 Y 474 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, A EJECUTAR LA REFERIDA SENTENCIA CONDENATORIA Y EN CONSECUENCIA, REALIZAR EL CÓMPUTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA Y SUS BENEFICIOS PROCESALES DE LEY, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: Así tenemos, que el Tribunal Militar Vigésimo de Control con sede en San Juan de los Morros, dictó Sentencia Condenatoria en fecha 06 de Julio de 2017, en la causa N° CJPM-TM20C-001-2017