REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE CONTROL CON SEDE EN MARACAY

En el día de hoy, Martes treinta (30) de Enero de 2018, siendo las 11:00 horas, se procedió a efectuar Audiencia de Imputación ante este Despacho Judicial, del ciudadano SARGENTO PRIMEROOSCAR JOSE BERNAL ENRIQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-19.947.734, por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCION, previsto en el artículo 523 y sancionado en el artículo 525, del Código Orgánico de Justicia Militar. Acto seguido el ciudadano MAYOR EDGAR ELÍAS VOLCANES VELÁSQUEZ, Juez Militar Quinto de Control, ordenó a la Secretaria Judicial, explicar el motivo de la Audiencia y verificar la presencia de las partes, manifestando la misma que se encontraban presentes en la Sala de Audiencias la ciudadana PRIMER TENIENTEKATHERINE ARGUELLO, Fiscal Militar Auxiliar Décimo Primera de Maracay, estado Aragua, la PRIMER TENIENTEAGUILERA, en su condición de Defensora Pública Militar, del ciudadano SARGENTO PRIMERO OSCAR JOSE BERNAL ENRIQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-19.947.734,Informándose que el motivo de la Audiencia, era dado Audiencia Especial de Imputación ante este Despacho Judicial. Acto seguido el ciudadano Juez Militar previo cumplimiento de las formalidades de Ley, Procedió a dar inicio al acto pautado para el día de hoy con el fin de celebrar AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN en contra del ciudadano del ciudadano SARGENTO PRIMERO OSCAR JOSE BERNAL ENRIQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-19.947.734, recordando a las partes el respeto que debe reinar en el recinto y que las actuaciones en Sala deben estar ajustadas a la norma adjetiva penal, cediendo el derecho de palabra a la ciudadana PRIMER TENIENTEKATHERINE ARGUELLO, Fiscal Militar Auxiliar Décimo Primero con sede en Maracay, estado Aragua. Quien haciendo uso del principio de oralidad, ilustró en forma clara y sistemática como sucedieron los hechos por los cuales hoy se encuentran las partes presentes en la Sala de Audiencias, y esgrimió lo siguiente “El ciudadano SARGENTO PRIMERO OSCAR JOSE BERNAL ENRIQUEZ,titular de la cédula de Identidad N° V-19.947.734,plaza de CAVIM, se entendió como desertor desde el 07 de febrero del año 2017, luego de presentar un reposo medico por setenta y dos horas (72) desde el 5 de febrero hasta el 7 de febrero, sin embargo, una vez transcurrido ese tiempo, no se presentó de nuevo en la unidad, para lo cual se activó plan de localización, siendo éste infructuoso. En fecha 07 de junio de 2017 se libró boleta de citación para realizar actor formal de imputación en fecha 14 de junio, no obstante, el referido tropa profesional no asistió. En virtud de ello se solicita la formal imputación por la presunta comisión del delito de deserción, previsto el Articulo 523, 527 y sancionado 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. es todo…” Acto seguido el ciudadano Juez Militar cedió el derecho de palabra a la Defensora Pública Militar PRIMER TENIENTE JORMAYS AGUILERA, “…buenos días a todos los presentes en sala, la defensa dejar sin efecto orden de aprehensión en caso de ser solicitada por la Fiscalía, pues ante todo debe considerarse el estado de salud de mi defendido”. Acto seguido el Juez Militar ordenó al Secretario Judicial, proceder a la lectura del artículo 49 numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 133, del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano SARGENTO PRIMERO OSCAR JOSE BERNAL ENRIQUEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-19.947.734, quien así lo hizo, informándosele, además, que su declaración era un medio para su defensa, y que por consiguiente, tenía derecho a exponer todo cuanto sirviera para desvirtuar las sospechas que sobre el recaían. Interrogado por el ciudadano Juez Militar si deseaba hacer uso de la palabra, el mismo expuso: “… me ausenté porque estaba delicado de salud y para ello presenté mis reposos. Es Todo…” DISPOSITIVA: PRIMERO: se DECRETA ACTO FORMAL DE IMPUTACIÓN por la presunta comisión de los Delitos Militares de DESERCIÓN. SEGUNDO: SE EMITE OFICIO dirigido al Comandante General del Ejército, a cargo del Director de Personal, a fin de pronunciarse con respecto a la situación actual del profesional, y de estar en Servicio Activo, quede a orden de esta Dirección.

EL JUEZ MILITAR


EDGAR ELÍAS VOLCANES VELÁSQUEZ
MAYOR