REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, once de enero de dos mil diecinueve
208º y 159º

ASUNTO: KP02-V-2018-002091
DEMANDANTE: ELBA MARÍA VIERA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.130.837.
DEMANDADO: DANIEL HENRIQUE APARICIO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.746.261.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Visto el escrito de DESISTIMIENTO, presentado en fecha 08 de Enero de 2019, presentado por la ciudadana Elba María Viera Rodríguez, antes identificada, asistida de por la abogada, Aura Viera, Impre 90.153, se acuerda por ser procedente, en consecuencia se HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. Y así se decide. Se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y cuido.
La Juez Provisoria,

Abg. Milagro de Jesús Vargas El Secretario Temporal,

Abg. Elías Abrahán Pérez

MJV/ap.-