Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y de Ejecución de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 05 de diciembre de 2018
Años: 208º y 159º
ASUNTO: KP02-S-2018-003682
SOLICITANTE: ADELINA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nºv-2.533.224 de este domicilio,
ABOGADA ASISTENTE: XIOMARA ANTONIETA NELO LOZANO, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N°38.008, de este domicilio.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ADELINA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nºv-2.533.224 de este domicilio, asistido por XIOMARA ANTONIETA NELO LOZANO, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N°38.008de este domicilio., donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno Propio, según documento del Registro del Primer Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nº 29 Tomo: 07 de fecha 29 de abril del 1994, cuya ubicación, medidas, características y linderos, constan en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Este Tribunal observa:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos YVON NELO y EDGAR MASCAREÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros. V-7.399.580 y V-3.085.972, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de la ciudadana ADELINA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en petición presentada al inicio de este expediente. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
La Jueza,
Abg. YosglideDuin León.
La Secretaria,
Abg. Adriana Avancin
YDL/AA/nc
|