REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 09 de agosto de 2018
208º y 159º
ASUNTO : KP02-V-2017-002304

Visto el desistimiento del procedimiento suscrito por la parte actora en fecha 31/07/2018 y ratificado en fecha 07/08/2018, en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO, seguido por MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en Caracas, inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal el 03/04/1925, bajo el N° 123, a través de su apoderado judicial abogado MARLON GAVIRONDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.088, con facultades para desistir y debidamente autorizado (f. 23 y 83), contra los ciudadanos JOSE ADRIAN VARGAS DELMORAL y YAHAYRA CORMOTO ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 7.517.490 y 9.520.171, de este domicilio; por cuanto el mismo no es contrario a Derecho y versa sobre derechos disponibles, y reunido los requisitos de ley, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación, y así se establece. Se declara terminado el juicio. Se acuerda la devolución de los documentos originales, dejando en su lugar copias.-
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los nueve días del mes de agosto de 2018. Años 208° y 159°.
La Juez Provisorio


Johanna Dayanara Mendoza Torres

El Secretario Temporal


Luis Fernando Ruiz Hernández

Seguidamente se dejó copia de la sentencia N° ____ y quedó asentado en el Libro Diario bajo el N° 005.-

El Sec. Temp.-

JDMT/maria elisa