REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de agosto de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-002034
SOLICITANTE: JENNY DEL CARMEN GONZALEZ AGUILAR venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-14.048.423 de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ALEXANDER JOSÉ RIVAS NUÑES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°136.051.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 11/06/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana JENNY DEL CARMEN GONZALEZ AGUILAR venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-14.048.423 de este domicilio. ABOGADO ASISTENTE: ALEXANDER JOSÉ RIVAS NUÑES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°136.051,donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que construyeron con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, con una superficie de CIENTO CUARENTA Y CUATRO METORS CUADRADOS (144 MTS2) ubicado en Chirgua, Sector 1, Calle el Olivo Parroquia Santa Rosa Municipio Iribarren del Estado Lara, y se encuentra ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE Con terreno ocupado por Yamesis Meléndez; SUR: Con terreno ocupado por Gabriel Terán; ESTE: Con terreno ocupado por Francisco Añez; y, OESTE: Con Calle El Olivo que es su frente. Dichas bienhechurías están constituida por: Una (01) vivienda, Tres (03) habitaciones, sala, sala de estar, lavadero, cocina, Tres (03) baños, porche, garaje, piso de cementos, paredes de bloques, techo de plata banda, comedor. Dichas bienhechurías están valoradas en CINCO MIL MILLONES DE BOLIVARES (5000.000.000, 00BS), lo que representa un total de SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (6.250.000) UNIDADES TRIBUTARIAS.

En fecha 14/06/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 25/07/2018; se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, como: RAÍZA MERCEDES NAVAS DE PÉREZ, Venezolana mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 15.004.578 y a la Ciudadana VÁZQUEZ FEBELIDES MARGARITA, mayor de edad Venezolano titular de la cedula de identidad N°V- 13.892821.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana JENNY DEL CARMEN GONZALEZ AGUILAR ya identificados, asistido por la Abogado en ejercicio ALEXANDER JOSÉ RIVAS NUÑES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°136.051, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los 02 DIAS DEL MES AGOSTO DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.
La Juez Suplente


Abg. Josmery E Parra De Montes




La Secretaria


Abg. Anais Torrealba Yépez