REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de agosto del dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO:KP02-S-2018-002792

SOLICITANTE: ERMINIA DEL CARMEN FALCON DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.804.010, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE:MARIA ANDREA GONZALEZ YANES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°114.888.
Motivo: TITULO SUPLETORIO

En fecha 30/07/2018, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana ERMINIA DEL CARMEN FALCON DE ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.804.010, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA ANDREA GONZALEZ YANES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°114.888, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, sobre las bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la Vereda 17 con calle 4, sin número, Barrio Cerritos Blancos, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara; el cual tiene una superficie de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CON SETENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (273,71 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 30 metros con inmuebles ocupados por Ramón Domínguez; SUR: En línea de 30 metros con calle 17 de Cerritos Blancos que es su frente.ESTE: En línea de 12,50 metros con terrenos ocupados por la Sucesión de Nicolás Ortiz y, OESTE: En línea de 13 metros con calle 4. Dicha bienhechuría está valorada en la cantidad de DIECISIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 17.200.000,00).

En fecha 31/07/2018 se admite en Derecho y se exhorta a tomar la declaración de los testigos que presente la parte interesada.

En fecha 13/08/2018 la Juez Suplente Abogada Josmery Enid Parra de Montes se aboca al conocimiento de la presente solicitud; procediéndose a escuchar en esa misma fecha los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: FALCON CASTILLO YENNY JOSEFINA Y NAVEA MICHELENA CARLOS EDUARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.165.801 y V- 7.420.821, respectivamente, f. 05.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en auto, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener, este Tribunal Administrando Justica, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana ERMINIA DEL CARMEN FALCON DE ORTIZ,ya identificada, asistida por la Abogada en ejercicioMARIA ANDREA GONZALEZ YANES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°114.888, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los CATORCE (14) DIAS DEL MES AGOSTO DE DEL AÑO 2018. Años: 208° y 159º.

La Juez Suplente



Abg. Josmery Enid Parra de Montes



La Secretaria


Abg. Anais Torrealba Yépez