REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL CON SEDE EN LA FRÍA

D I S P O S I T I V A

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,PRIMERO:DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana MAYOR LILIANA GONZALEZ NOGUERA, actuando en su carácter de Fiscal Militar Vigésima Quinta de El Guayabo, estado Zulia, en cuanto aLA INCOMPETENCIAPARA SEGUIR CONOCIENDO, por parte de este Tribunal Militar, la investigación fiscal N° FM25-039-2018 (NOMECLATURA FISCAL) en contra del adolescente KLEIBY DE JESUS CARDENAS CARDENAS, titular de la cédula de identidad N° V.-29.975.037, a quien se le imputa la presunta comisión de los Delitos Militares de ATAQUE AL CENTINELA CON OCASIÓN DE MUERTE previsto y sancionado en el artículo 501, numeral 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; Y REBELIÓN AÚN PARA LOS NO MILITARES,previsto en el artículo 476, 486 ordinal 3 y 4 y sancionado en el artículo 487 ejusdem. SEGUNDO:SEDECLINALA PRESENTE INVESTIGACIÓN de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 4º y 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en los artículos 78, 79 Y 80, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la jurisdicción Penal en materia de Niños Niñas y Adolescentes, a quien le corresponderá conocer de la presente investigación fiscal. TERCERO: Se ordena remitir las correspondientes copias certificadas al Tribunal con competencia en materia de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. CUARTO: Se ordena oficiar lo conducente al Departamento de Procesados Militar con sede en la población de Santa Ana, estado Táchira. Regístrese, publíquese, Notifíquese, expídase copia certificada de ley de la presente decisión.