REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres (03) de Abril de 2018
207º y 159º
ASUNTO: KP02-H-2018-0000382
SOLICITANTES: FRANKLIN ALEJANDRO MACHADO MATOS y NORANIA NORFINA PAUL ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-18546909 y V-22264669 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
FECHA DE NACIMIENTO: 03/05/2015
MOTIVO: HOMOLOGACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DERECHOS PROTEGIDOS: DERECHO A TENER UNA FAMILIA

Por recibido en fecha 14/03/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL ENCARGADA DECIMOSEPTIMA de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos FRANKLIN ALEJANDRO MACHADO MATOS y NORANIA NORFINA PAUL ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-18546909 y V-22264669 respectivamente; en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL ENCARGADA DECIMOSEPTIMA que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“PRIMERO: el padre compartira con su hija los dias sabados cada quince (15) dias, en el horario comprendido de 11:00 am a 5:00 pm, las partes estan deacuerdo que el compartir sea en el Tocuyo lugar donde reside la niña con su progenitora. SEGUNDO: la madre no niega la posiblidad que la niña pernocte con el padre en el Tocuyo, siempre y cuando el padre se comprometa en llevar a la niña al hogar materno si la niña llora por la madre, toda vez que la niña no esta acostumbrada con el padre. TERCERO: en cuanto a los Canavales y Semana Santa, Vacaciones Escolares, fechas decembrinas entre otras fechas seran compartidas entre ambos padres de manera alternada los años sucesivos. Es todo.”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL ENCARGADA DECIMOSEPTIMA de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de Abril de dos mil dieciocho (2018). Año 207º y 159º.

LA JUEZ NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,


ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
La Secretaria,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 693 -2018 y se publicó siendo las 11:20 AM

La Secretaria,

APE/SugeyV.-