REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de abril de dos mil dieciocho (2018)
207º y 159º

ASUNTO: KP02-S-2018-000656

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus BEATRIZ DEL CARMEN CEDEÑO DE MORILLO, quien en vida fuese venezolana, titular de la cédula de identidad No. V- 4.259.679, y falleciera ab- intestato el día 01 de febrero de 2.018, a favor de los ciudadanos DAMASO RAFAEL MORILLO PRIMERA, DANNY DANIEL MORILLO CEDEÑO, DAMARIS BEATRIZ MORILLO CEDEÑO y DALILA VANESSA MORILLO CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No.V-2.383.813, V-12.433.697, V- 13.187.201 y V- 15.776.501, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA,

ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO
LA SECRETARIA

ABG. CECILIA NOHEMI VARGAS

DJPB/CNV/AHV.-