REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE CONTROL CON SEDE EN MARACAY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE CONTROL
207º y 158º
Maracay, 9 de Abril de 2018.
Investigación Fiscal N° (FM11-002-2018)
Visto el escrito interpuesto ante este Tribunal Militar por la Ciudadana Primer Teniente ROCIO KATHERINE ARGUELLO RANGEL, Fiscal Militar Décimo Primero de Maracay Estado Aragua, relacionado con la Solicitud de Orden de Aprehensión Nacional e Internacional, en contra del ciudadano TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de cédula de identidad número V-20.682.188,quien se encuentra presuntamente involucrado en la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 numeral 1 artículo 525, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, este Tribunal Militar para decidir observa lo siguiente
DE LA SOLICITUD FISCAL
En fecha 15 de Enero de 2018, recibió Orden de Apertura de Investigación Penal Militar N° 0005 de fecha 04 de Enero de 2018, suscrita por el Comandante de la ZODI Aragua N° 44, en contra del TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de la cedula de identidad N° V- 20.682.188, plaza del Grupo de Entrenamiento Aéreo N°14, seguida por la presunta comisión de un Delito de Naturaleza Militar, “DESERCIÓN”. A TAL EFECTO, ES IMPORTANTE SEÑALAR:
Es el caso que en fecha 17 de Septiembre de 2017 el comandante del Grupo Aéreo de Entrenamiento N° 14 emitió Boleta de Notificación al TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V- 20.682.188, con la finalidad de hacer su conocimiento que debía presentarse en su Unidad el día lunes 27008:00NOV17, Notificación esta que fue entregada a su madre en el domicilio Ubicado Urbanización Valle Arias Vereda N°40, Casa N° 18 Coro Estado Falcón, aunado a que en repetidas oportunidades el comando efectúo llamadas telefónicas con el fin de ubicar al profesional siendo infructuosa las mismas. Destacando que el mismo no se presentó en su unidad de adscripción a pesar de llamo realizado.
Es por lo anteriormente expuesto, que el ciudadano TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V- 20.682.188, plaza del Grupo de Entrenamiento Aéreo N°14, en fecha 25 de Septiembre de 2017 es pasado a la condición de retardado.
Posteriormente una vez cumplido el lapso legal correspondiente de acuerdo a las pautas del Código Orgánico de Justicia Militar es fecha es pasado a la condición de Presunto Desertor.
Así mismo, se evidencia de la activación del plan de localización, efectuando llamadas telefónicas a sus familiares a los fines de dar con el paradero y saber la situación del Oficial Subalterno, siendo las mismas infructuosas.
Es importante señalar, que hasta la presente fecha este Despacho Fiscal no ha podido por medio alguno ubicar al TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V- 20.682.188, plaza del Grupo de Entrenamiento Aéreo N°14, a los fines de que el mismo se apegue al proceso penal que se sigue en su contra.
En virtud de lo antes expuesto, se evidencia la intencionalidad en la conducta materializada por el Referido Oficial, desapego y falta de ética militar, constituyendo mal ejemplo para sus subalternos por lo cual se requiere la aplicación de una Justicia Militar ejemplarizante
En vista de lo anteriormente expuesto, por el Ministerio Publico Militar, este Despacho Judicial, procede a constatar la procedencia de los elementos establecidos en el artículo 236 ordinales 1º, 2º y 3º y articulo 237 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto al ordinal 1º Existe la comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad y por las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos, la acción penal no se encuentra evidentemente prescrita.
En relación al ordinal 2º, existen fundados elementos de convicción para que esta Representación Fiscal estime que el ciudadano:TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de cédula de identidad número V-20.682.188,es el presunto autor en la comisión del hecho punible de naturaleza Penal Militar que se le investiga.
En lo referente al ordinal 3º por el comportamiento exteriorizado por el referido ciudadano durante este proceso no ha demostrado tener voluntad de someterse a la persecución penal, por lo que se presume peligro de fuga tal como lo señala el numeral 4 del artículo 237 de Código Adjetivo Penal Vigente:
Artículo237. Peligro de Fuga. Para decidir acerca de peligro de fuga se tendrán en cuenta, especialmente, las siguientes circunstancias:
4. “El comportamiento del imputado durante el proceso, o en otro proceso anterior, en la medida que indique su voluntad de someterse a la persecución penal”.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Militar Quinto en Funciones de Control con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO:SE ADMITE la solicitud de La Orden de Aprehensión de acuerdo a las pautas establecidas en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal penal, presentada por la ciudadana Primer TenienteROCIO KATHERINE ARGUELLO RANGEL, en su condición de Fiscal Militar Décima Primera, con competencia a nivel nacional y con sede en Maracay Edo. Aragua. SEGUNDO: SE ACUERDA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL N° 030-2018 en contra delciudadano: TENIENTE CARLOS ALFREDO SORZANO ARIAS, titular de cédula de identidad número V-20.682.188, quien se encuentra presuntamente involucrado en la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 numeral 1 artículo 525, todo del Código Orgánico de Justicia Militar. Notifíquese a la partes. Ofíciese lo conducente. TERCERO: SE ACUERDAREMITIRLA ORDEN DE APREHENSIÓN NACIONAL E INTERNACIONALAL CIUDADANO DIRECTOR DEL CUERPO DEINVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS A/C INTERPOL. HÁGASE COMO SE ORDENA.
EL JUEZ MILITAR,
EDGAR ELÍAS VOLCANES VELÁSQUEZ
MAYOR.
LA SECRETARIA JUDICIAL,
MERCEDES FLORES BELISARIO
TENIENTE.
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.
LA SECRETARIA JUDICIAL,
MERCEDES FLORES BELISARIO
TENIENTE.