EL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
TUMEREMO
VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DE 2017
AÑOS: 207º Y 158º


SOLICITANTE: FERNANDEZ BOLÌVAR ZURAYMA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.997.570 y domiciliada en la población de Tumeremo, Municipio Autónomo Sifontes del estado Bolívar.

ABOGADO ASISTENTE: LEOPOLDO ANTONIO CARVAJAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.321.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Exp. S-20.199-2017.

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana FERNANDEZ BOLÌVAR ZURAYMA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.997.570 y domiciliada en la población de Tumeremo, Municipio Autónomo Sifontes del estado Bolívar, asistido por el Abogado en ejercicio LEOPOLDO ANTONIO CARVAJAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.321, en la cual solicita que de conformidad con las disposiciones establecidas en los Códigos Civil y de Procedimiento Civil, se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su persona y a los ciudadanos FERNANDEZ BOLÌVAR YUSMARIS JOSEFINA, FERNANDEZ BOLÌVAR JOSE GREGORIO, FERNANDEZ ARA ONEIDA JANET, FERNANDEZ DE SARMIENTO YASIBIT JOSEFINA, FERNANDEZ ARA WUILMER JOSÈ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-14.603.277, V-15.572.025, V-13.214.384, V-16.008.410 y V-10.552.868, respectivamente, en su condición de hijos del de cujus FERNANDEZ MIGUEL SABAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-776.208, siendo su último domicilio en la calle Carabobo Nº 23, Tumeremo, Municipio Sifontes del Estado Bolívar, y el cual falleció ab intestato en fecha 01 de enero del 2.017, a consecuencia de: INSUFICIENCIA CARDIACA DESCONGENIZADA, tal y como se evidencia del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Sifontes del Estado Bolívar, en fecha veinticuatro (24) de mayo del 2017, asentada bajo el Nº 076, de los Libros de Defunciones llevados por ese Registro Civil del año 2016.

A la solicitud fueron acompañados los siguientes recaudos:

• Copia Certificada del Acta de Defunción del De Cujus FERNANDEZ MIGUEL SABAS.
• Copia simple de la cèdula de Identidad del De Cujus FERNANDEZ MIGUEL SABAS.
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los ciudadanos FERNANDEZ BOLIVAR ZURAYMA COROMOTO, FERNANDEZ BOLÌVAR YUSMARIS JOSEFINA, FERNANDEZ BOLÌVAR JOSE GREGORIO, FERNANDEZ ARA ONEIDA JANET, FERNANDEZ DE SARMIENTO YASIBIT JOSEFINA, FERNANDEZ ARA WUILMER JOSÈ.-
• Copia fotostática simple de la cédula de Identidad de los ciudadanos FERNANDEZ BOLIVAR ZURAYMA COROMOTO, FERNANDEZ BOLÌVAR YUSMARIS JOSEFINA, FERNANDEZ BOLÌVAR JOSE GREGORIO, FERNANDEZ ARA ONEIDA JANET, FERNANDEZ DE SARMIENTO YASIBIT JOSEFINA, FERNANDEZ ARA WUILMER JOSÈ.-

Por auto de fecha 06 de julio de 2017, este Tribunal le dio entrada, ordenado su anotación en los Libros de Registro de Solicitudes, bajo el N° S-20.199-2017, y se ADMITE por cuanto a lugar a derecho y en consecuencia se acordó el emplazamiento de los interesados y Sucesores Desconocidos mediante Edicto publicado en un Diario de amplia circulación Nacional. Igualmente se fijó oportunidad para la declaración de los Testigos que presente la parte interesada, sobre los particulares señalados en el escrito de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y una vez conste en autos las testimoniales el Tribunal decretara lo conducente.

Consta en fecha 18 de julio de 2017, la consignación del Edicto publicado en el diario “El Expreso”, en fecha 14 de julio de 2017. Vencido el lapso concedido en el Edicto ordenado sin que alguien concurriere.

En fecha 14 de agosto de 2017, se escucharon las declaraciones de los testigos, ciudadanos JIMENEZ JOSE BAUDILIO y JAIMES DUARTE IGNACIO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.185.788 y V-15.687.388, respectivamente.-

Ahora bien analizados los recaudos que fueron acompañados al escrito a fines de demostrar sus pretensiones, este Juzgador le da pleno valor probatorio por tratarse de documentos públicos, así como a las testimoniales por encontrarlos hábiles y contestes.

A tal efecto se observa que la exposición formulada por la solicitante, los instrumentos presentados y demás justificaciones que acompaño, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste a los ciudadanos FERNANDEZ BOLIVAR ZURAYMA COROMOTO, FERNANDEZ BOLÌVAR YUSMARIS JOSEFINA, FERNANDEZ BOLÌVAR JOSE GREGORIO, FERNANDEZ ARA ONEIDA JANET, FERNANDEZ DE SARMIENTO YASIBIT JOSEFINA, FERNANDEZ ARA WUILMER JOSÈ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-11.997.570, V-14.603.277, V-15.572.025, V-13.214.384, V-16.008.410 y V-10.552.868, respectivamente, en su condición de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL FALLECIDO FERNANDEZ MIGUEL SABAS.- Así se decide.-

Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS quien en vida se llamara FERNANDEZ MIGUEL SABAS, a los ciudadanos FERNANDEZ BOLIVAR ZURAYMA COROMOTO, FERNANDEZ BOLÌVAR YUSMARIS JOSEFINA, FERNANDEZ BOLÌVAR JOSE GREGORIO, FERNANDEZ ARA ONEIDA JANET, FERNANDEZ DE SARMIENTO YASIBIT JOSEFINA, FERNANDEZ ARA WUILMER JOSÈ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-11.997.570, V-14.603.277, V-15.572.025, V-13.214.384, V-16.008.410 y V-10.552.868, respectivamente, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones a la solicitante. Se acuerda expedir tres copias certificadas el cual deberá consignar la parte solicitante por secretaria para su debida certificación.

Dada, Firmada y Sellada en la Sede donde Despacha el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Tumeremo a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.

El Juez Suplente,

Abg. Jairo Rafael Páez Pantoja.-
La Secretaria Accidental,

Mayelis Bello Bermúdez.-

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto anterior.

La Secretaria Accidental,

Mayelis Bello Bermúdez.-
JP/ mbb.
-Solic.20.199-2017