REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR OCTAVO DE CONTROL CON SEDE EN PUERTO AYACUCHO
durante el desarrollo de este Acto Procesal antes señalado, exponiendo los fundamentos de sus peticiones, habiéndose oído a los imputados y a su defensa, decretando este Órgano Jurisdiccional; mantener Medida Preventiva Privativa de Libertad a petición de la Vindicta Pública por encontrarse satisfechos los elementos señalados en el artículo 236 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputados ciudadanos PRIMER TENIENTE LUIS ROMERO PIÑATE Titular de la Cédula de Identidad Nº V- V-17.582.088, Plaza de la 52 Brigada de Infantería de Selva, por encontrarse involucrado en la presunta comisión de los Delitos Militares de ABUSO DE AUTORIDAD tipificado y sancionado en el artículo 509 ordinal 1, el Delito de DESOBEDIENCIA tipificado y sancionado en los artículos 519 y 520 el Delito CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565, y el Delito de NEGLIGENCIA, tipificado y sancionado en el artículo 538 y 435, todos del Código Orgánico de Justicia Militar en Grado de Autor y SARGENTO PRIMERO DENNYS QUIÑONEZ RAMÍREZ Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.108.749, Plaza de la 52 Brigada de Infantería de Selva, por encontrarse involucrado en la presunta comisión de los Delitos Militares de ABUSO DE AUTORIDAD tipificado y sancionado en el artículo 509 ordinal 1, el Delito de DESOBEDIENCIA tipificado y sancionado en los artículos 519 y 520 el Delito CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565, y el Delito de NEGLIGENCIA, tipificado y sancionado en el artículo 538 y 435, todos del Código Orgánico de Justicia Militar en Grado de Autor