REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Sede Ciudad Bolívar Extensión Cuidad Bolívar
Ciudad Bolívar, 09 de Octubre de 2017
206º y 158º

ASUNTO: FP02-J-2017-000350
RESOLUCION Nº PJ0832017000758

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 25-09-2017, suscrita por los ciudadanos: DAYANA DEL CARMEN ZURITA y YOEL ARTURO SANTOLLO LOPEZ, de este domicilio, venezolanos mayor de edad y titulares de la cedula de identidad Números V-19.077.646 y V-13.015.341, identificados en autos, en beneficio del niño (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacido en fecha 20 de Septiembre del año 2006, tal y como costa en el acta de Nacimiento de once (11) años de edad y plenamente identificados en autos, debidamente asistidos por la Fiscal Séptimo (A) del Ministerio Publico en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción del Estado Bolívar, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-


ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO
LA JUEZA PROVISORIA (2º) DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION


SECRETARIO DE SALA
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

SECRETARIO DE SALA
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ