REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Sede Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolivar, 6 de octubre de 2017
207º y 158º

ASUNTO : FP02-H-2017-000339
RESOLUCION: Nº PJ0832017000744

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 30 de septiembre de 2017, suscrita por los ciudadanos: ERIKA NAIBETH DURAN SILVEIRA Y PABLO NESIS HERNANDEZ BOLIVAR venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-13.799.587 V-16.498.824 respectivamente, identificados en autos, a favor de su hijo: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, de ocho (08) años de edad, quien nació el 26/04/2009; debidamente asistidos por la Abg. ROSA DEL CARMEN PRIETO, Fiscal de la Fiscalía Séptimo Auxiliar del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-


ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.


ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ.
Secretaria de Sala.