REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN NOMBRE
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar
Ciudad Bolivar, 6 de octubre de 2017
207º y 158º
ASUNTO: FP02-H-2017-000315
RESOLUCION Nº PJ0832017000745
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 13 de septiembre de 2017, suscrita por los ciudadanos: LERGUIN JOSE LIZARDI ORTIZ Y KIMBERLIN MARIA DOS SANTOS MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-24.541.173 y V-24.542.190 respectivamente, en beneficio del niño(Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA),, quien nació en fecha 05 de noviembre de 2015, de un año y diez meses de edad, debidamente asistidos por la Abog. ROSA DEL CARMEN PRIETO, Fiscal Séptimo Auxiliar Interino del Ministerio Público del Primer Circuito con Materia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción del estado Bolívar, cuyo escrito cursa en autos, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
JUEZA (2º) PROVISORIA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO BOLIVAR
ABG. Yaquelinne Rodríguez
SECRETARIA DE SALA
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