REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolivar, 5 de octubre de 2017
207º y 158º
ASUNTO : FP02-H-2017-000295
RESOLUCION Nº PJ0832017000742
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista diligencia de fecha 04 de Octubre de 2017, suscrita por el ciudadano HEBRIN SEIJA, mediante la cual subsana lo solicitado por este Tribunal en fecha 27/09/2017 y vista la solicitud de homologación de acuerdo por HOMOLOGACION DE OTORGAMIENTO DE EJERCICIO DE CUSTODIA, presentada por los ciudadanos HEBRAIN JOSE SEIJAS MARIN y DIOSMELY DEL CARMEN NUÑEZ DIEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.673.326 y V-24.378.834, debidamente asistidos por la Abogada Abg. ROSA DEL CARMEN PRIETO en su carácter de Fiscal Séptimo de la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial; en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDA CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de tres (03) años de edad nacido el 21 de agosto de 2014 este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-


ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO
LA JUEZA PROVISORIA (2º) DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

LA SECRETARIA DE SALA
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ

En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ