REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR QUINTO DE CONTROL CON SEDE EN MARACAY
En el día de hoy, Martes diecisiete (17) de octubre de 2017, siendo las 11:00 horas, se procedió a efectuar Audiencia de Imputación ante este Despacho Judicial, del ciudadano SARGENTO SEGUNDO EDUARD PEREIRA ALVAREZ, titular de la cédula de Identidad N° V-27.396.157, por la presunta comisión del Delito Militar de DESECION, previsto en el artículo 523 y sancionado en el artículo 525, del Código Orgánico de Justicia Militar. Acto seguido el ciudadano MAYOR EDGAR ELÍAS VOLCANES VELÁSQUEZ, Juez Militar Quinto de Control, ordenó a la Secretaria Judicial, explicar el motivo de la Audiencia y verificar la presencia de las partes, manifestando la misma que se encontraban presentes en la Sala de Audiencias la ciudadana PRIMER TENIENTE SINDRYA PUENTES, Fiscal Militar Auxiliar Décimo Segundo de Maracay, estado Aragua, la Abogada JENNIFER HERNANDEZ, en su condición de Defensora Pública Militar, del ciudadano SARGENTO SEGUNDO EDUARD PEREIRA ALVAREZ, titular de la cédula de Identidad N° V-27.396.157, Informándose que el motivo de la Audiencia, era dado Audiencia Especial de Imputación ante este Despacho Judicial. Acto seguido el ciudadano Juez Militar previo cumplimiento de las formalidades de Ley, Procedió a dar inicio al acto pautado para el día de hoy con el fin de celebrar AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO EDUARD PEREIRA ALVAREZ, titular de la cédula de Identidad N° V-27.396.157, recordando a las partes el respeto que debe reinar en el recinto y que las actuaciones en Sala deben estar ajustadas a la norma adjetiva penal, cediendo el derecho de palabra a la ciudadana PRIMER TENIENTE SINDRIA PUENTE, Fiscal Militar Auxiliar Décimo Segundo con Competencia Nacional con sede en Maracay, estado Aragua. Quien haciendo uso del principio de oralidad, ilustró en forma clara y sistemática como sucedieron los hechos por los cuales hoy se encuentran las partes presentes en la Sala de Audiencias, y esgrimió lo siguiente “…S/2. Buenos días EDUAR PEREIRA ALVAREZ, es plaza de la octava brigada del mar, salió de permiso operacional, el se presenta a su unidad táctica el 6 de febrero, retardado y la unidad lo pasa como desertor para esa fecha, pero estaba retardado des el 31 enero, el día seis (06) lo tomaron como desertor, emiten los recaudos, ya que el mismo se había en fecha veintiuno (21) de junio del 2017, retardado de un permiso operacional, el ciudadano ha sido reincidente en este delito, En virtud de ello se solicita la formal imputación por la presunta comisión del delito de deserción, previsto el Articulo 523, 527 y sancionado 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. Y que se valore los hechos de reincidencia. es todo…”Acto seguido el ciudadano Juez Militar cedió el derecho de palabra a la Defensora Pública Militar JENIFER HERNANDEZ, “…buenos días a todos los presentes en sala, la defensa se reserva la consignación de lo que se considere pertinente para la defensa de mi patrocinado. Acto seguido el Juez Militar ordenó al Secretario Judicial, proceder a la lectura del artículo 49 numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 133, del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano SARGENTO SEGUNDO EDWARD PEREIRA ALVAREZ, titular de la cédula de Identidad N° V-27.396.157, quien así lo hizo, informándosele, además, que su declaración era un medio para su defensa, y que por consiguiente, tenía derecho a exponer todo cuanto sirviera para desvirtuar las sospechas que sobre el recaían. Interrogado por el ciudadano Juez Militar si deseaba hacer uso de la palabra, el mismo expuso:“…Si deseo declarar ciudadano Juez, Vivo en puerto la cruz estado Anzoátegui, tengo 21 años, llegue a cuarto año de bachillerato. yo en todas las ocasiones q me he retardado le dicho al comandante que me quiero ir de baja, ya que deseo continuar estudiando, me gradué de comando sin ser bachiller y me dieron la jerarquía de sargento segundo, el sueldo que me paga la fuerza armada no me alcanza, tengo dos hijos, vivo alquilado, también está el hecho de que para llegar a la unidad es difícil, me corresponde llegar los viernes y no puedo estar recibiendo el mismo trato de alumno, ya tengo 3 años de sargento, y no me conviene el sueldo. a mi gustaba la vida que se vive en un comando pero Las políticas han cambiado y me parece injusto que ahora las cosas sean tan fáciles para los demás y cuando yo empecé había que ganarse con mucha dedicación y esfuerzo cada logro, cada cicatriz, golpes, heridas. Nunca me he quedado desertor mucho tiempo, lo máximo ha sido seis días (06) días que me caí de una moto. Decidí hace un año atrás de que me quiero ir de baja, me dijeron que me harían un consejo disciplinario, pero hasta los momentos no me lo han hecho y la verdad ya no quiero permanecer en la Fuerza Armada. Es Todo…”DISPOSITIVA: PRIMERO: se DECRETA ACTO FORMAL DE IMPUTACIÓN por la presunta comisión de los Delitos Militares de DESERCIÓN. SEGUNDO: acuerda SIN LUGAR la solicitud de la fiscalía de OTORGAR MEDIDA CAUTELAR. TERCERO: CON LUGAR la solicitud de libertad plena.
EL JUEZ MILITAR
EDGAR ELÍAS VOLCANES VELÁSQUEZ
MAYOR