REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO PRINCIPAL: KP02-L-2017-00645
PARTE DEMANDANTE: JESUS MIGUEL SEQUERA LEON, BARTOLO RICARDO GUDIÑO, WILMER ALEXANDER NARVAEZ, JONAS EDUARDO SANCHEZ, DANIEL EDUARDO LIOPEZ PERAZA, JOHAN ALEXANDER MENDEZ Y DANNY JOSE COLMENAREZ GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V-20.025.297, 16.642.944, 21.561.303, 12.963.320, 12.858.482, 16.964.412 y 20.643.865 respectivamente.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA VALERIA TORRES ACEVEDO, titular de la cédula de identidad Nro. 19.994.743, Inscrito en el Inpreabogado Nº 265.554
PARTE DEMANDADA: 1.- COPPERATIVA SIGLO 2021 LARA R.S.; 2.- DERIVADOS DE MAIZ SELECCIONADO DEMASECA C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LAS DEMANDADAS: 1.- MARCO AURELIO DAM GARCIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-19.162.625, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 264.716; 2.- ALIRIO CAPELLA, RODRIGO OVIEDO, TATIANA BENAVIDES, MARYOLGA GIRAN CORTEZ, ANIBAL MEJIAS, MARIANA ALZAMORA Y EDUARDO TRENARD, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V.-10.331.853, 11.724.423, 11.557.286, 3.585.843, 6.329.865, 14.127.662, 14.690.538, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los Nos. 44.957, 96.607, 71.021, 8.220, 44.072, 97.936, 117.905.
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
Hoy 07 de noviembre de 2017 siendo las 9:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil LEONARDO DUDAMEL, la parte la actora no compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
La Juez
Abg. Rosalux Galíndez Mujica
La Secretaria
Abg. Carla Andreina Castro
El Alguacil
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