REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolivar, 7 de noviembre de 2017
207º y 158º

ASUNTO: FP02-H-2017-000391
RESOLUCION: Nº PJ0832017000833

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION, de fecha 25 de octubre de 2017, suscrita por los ciudadanos: MAGGIONI RAMON LEMUS y SUSANA LISBETH HERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.060.933 V-16.500.133 respectivamente, identificados en autos, a favor de sus hijos: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) , de trece (13) años de edad, quien nació el 22/07/2004 y (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) , de cinco (05) años de edad, quien nació el 16/12/2011; debidamente asistidos por la Abg. MIGDALIA PEREIRA MORENO, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar; este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-


ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Sede Ciudad Bolívar.


ABG. YAQUELINE RODRÍGUEZ.
Secretaria de Sala.