REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.
Ciudad Bolívar, 3 de noviembre de 2017.
207º y 158º
ASUNTO: FP02-H-2017-000385
RESOLUCION Nº PJ0832017000823
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por INSTITUCIONES FAMILIARES (REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR), de fecha 18 de octubre de 2017, suscrita por los ciudadanos: FREDDYER FEDERICO MENDEZ DURAND y FRANLIS ANDREINA FERNÁNDEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-17.804.837 y V-22.814.091 respectivamente, en beneficio de los niños: (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), un (1) año de edad, quién nació en fecha 06/09/2016 y
(Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de cinco (5) años de edad, quien nació en fecha 27/07/2012, debidamente asistidos por la Abg. MIGDALIA PEREIRA MORENO, Fiscal Auxiliar en la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito con Materia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la circunscripción del Estado Bolívar; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ.
Secretaria De Sala.
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