Asunto: FP02-Z-2004-000994
Resolución: PJ0822017000590
“Vistos” Conclusiones de la Actora.
Causa: Revisión de Sentencia por Obligación de Manutención.
Demandante: ALEXIS ANTONIO HERMANDEZ
Demandado: CIPRINA ANTONIA BERNAEZ TORREALBA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la solicitud del ciudadano CARLOS ENRIQUE HERNADEZ BERNAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 20.554.052, en su carácter de beneficiario de la Obligación de Manutención, se sirva el Tribunal suspender la Medidas Cautelares de embargo decretada por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien modifico la medida decretada por el Tribunal Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 09 de mayo de 2005, sobre el salario del ciudadano ALEXIS ANTONIO HERNADEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.503.446, y estando en la oportunidad para decidir sobre la suspensión o no de las medidas, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Que en fecha 10 de octubre de 2017, el ciudadano: CARLOS ENRIQUEZ HERNANDEZ BERNAEZ, titular de la cédula de identidad Nº 20.554.052, debidamente asistido por el ciudadano NOEL BRAVO, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 26.968, solicitó se declare extinguidos los deberes alimentarios por haber cumplido la mayoría de edad y culminado sus estudios, deberes estos que se venían cumpliendo mediante Medidas Cautelares de embargo decretadas por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien modifico, Medida decretadas por el Tribunal Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 09 de mayo de 2005, sobre su salario y Prestaciones Sociales del ciudadano ALEXIS ANTONIO HERNADEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.503.446, a favor de su hijo ciudadano: CARLOS ENRIQUEZ HERNANDEZ BERNAEZ, titular de la cédula de identidad Nº 20.554.052, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber alcanzado la mayoría de edad.
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación ordena SUSPENDER todas las Medidas Cautelares de embargo decretadas por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, y de Protección de Niños, Niña y Adolescente, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 09 de mayo de 2005. En consecuencia se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Empresa C.V.G. BAUXILUM, los Pijiguaos del Estado Bolívar, con la finalidad de informar la suspensión de las mediadas antes mencionadas. Cúmplase, líbrese oficio y anótese en el libro diario de actuaciones.
ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediaciónº, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar
Abg. NEILA BRIZUELA
Secretaria del Circuito.
CQG/NB.
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