REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO (2DO) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLÍVAR
EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ.
Puerto Ordaz, Martes Catorce (14) de Noviembre de dos mil diecisiete (2.017)
207º y 158º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIMIENTO
IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA
• EXPEDIENTE: FP11-L-2017-000104
• PARTE DEMANDANTE: PEDRO JOSE OCHOA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 9.866.638
• APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: LISETT N. DURAN M y NERIA MADRID, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 119.763 Y 83.095.
• PARTE DEMANDADA: CONTROL Y SEGURIDAD C.A.
• APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Sin apoderado judicial constituido en autos
• MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día de hoy, Martes Catorce (14) de Noviembre de 2017, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar prolongación de la Audiencia preliminar, se efectuó el llamado tres (3) veces en la puerta de Sala de Alguaciles de este Circuito Judicial Laboral a viva voz, y a tal efecto se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada, ni por medio de representante legal, judicial y/o estatutario. Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Segundo (2do) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo (2do) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los catorce (14) días del mes de Noviembre del dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ 2do DE S.M.E DEL TRABAJO
ABG. XIOMARA ORTIZ MENESES
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. LORENZO TOVAR
En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:00 a.m. Conste.
EL SECRETARIO DE SALA
ABG. LORENZO TOVAR
FP11-L-2017-000104
Xom/lt.-
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