REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-L-2015-001096
PARTE DEMANDANTE: DOUGLAS VILLEGAS, JOHAN VERGARA, JOSÉ FREITEZ, FRANCISCO ALVARADO, ABIGAIL LINAREZ, HERNÁN MENDOZA, JULIO ESCALONA, ALÍ VILLEGAS, RAMIRO ESCOBAR, JOSÉ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.809.630, 17.872.408, 6.575.607, 22.324.095, 12.707.001, 10.124.949, 16.955.769, 7.392.935, 16.417.004, 12.594.571 respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSÉ AGUSTIN IBARRAS, JOSÉ MARTÍN LABRADOR y ANDRÉS ELOY PARRAS, Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 56.464, 64.944 y 14.071 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: 1.- EMPRESA NOROCCIDENTAL DE MANTENIMIENTOS Y OBRAS HIDRÁULICAS (ENMOHCA). 2.- SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A.
APODERADO JUDICIAL DE EMPRESA NOROCCIDENTAL DE MANTENIMIENTOS Y OBRAS HIDRÁULICAS (ENMOHCA): GUSTAVO GARCÍA PARRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 90.278.
APODERADO JUDICIAL DE SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A: ARGENIS ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 169.913.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy 15 de mayo de 2017 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CÉSAR ALVARADO, comparecieron por la parte demandada los apoderados judiciales de EMPRESA NOROCCIDENTAL DE MANTENIMIENTOS Y OBRAS HIDRÁULICAS (ENMOHCA) y SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUIBOR C.A, antes identificados. Así mismo, se hace constar que la parte demandante no compareció por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
Abg. Ana Mercedes Sánchez V.
Juez
Secretario
Abg. Alberto Noguera
Parte demandada
Alguacil
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