REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITDeclO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA- CARORA
207º y 158º
ASUNTO: KP12-V-2017-000001.-
De las Partes y sus Apoderados
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:
Demandante: Juan Ernesto Monagas Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.354.273, domiciliado en la hacienda la Hoyera, Vía Altagracia, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.
Apoderada Judicial de la Parte Demandante: Carla Rosselin Velásquez García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.625.643, inscrito en el I.P.S.A., bajo los N° 131.444.
Demandados: Sociedad Mercantil Ferreagro W. C.A., representada por su Presidente ciudadano Wilmer Jesús Meléndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.322.197.
Apoderado Judicial de la parte Demandada: ciudadano Jesús Armando Gil Vásquez, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 104.134.
Motivo: Cumplimiento de Contrato
Tipo de Sentencia: Sentencia Interlocutoria (Terminado)
Inicio
Vista la diligencia presentada por la Apoderada Judicial de la parte Demandante ciudadana Carla R. Velásquez García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.625.643, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 131.444, de fecha 02/05/2017, y por cuanto se cumplió con el plazo único improrrogable establecido en el particular SEGUNDO de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitivas, este Juzgado declara definitivamente concluido el presente Juicio, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, en consecuencia este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Carora, DECLARA TERMINADO el proceso y ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
La Juez Provisoria
Abg. Mayra Urbaneja Zabaleta
La Secretaria,
Abg. Karla Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registró, bajo el N° 17/2017, de los Sentencias Interlocutorias Simples dictadas por este Tribunal, y se publicó siendo las Doce horas meridiem, (12:00 a.m.), y se expidió una copia para el copiador. Conste
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez
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