REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : KP02-V-2013-003359
PARTE ACTORA: ASOCIACION CIVIL PROVIVIENDA HABITUNAS (ASOHABITUNAS), registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Palavecino del Estado Lara, en fecha 20/04/2001, anotada bajo el N° 20, Folios 1 al 4, Protocolo Primero, Tomo Séptimo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: VICTOR CARIDAD ZAVARCE, inscrito en el IPSA bajo el N°20.068.
PARTE DEMANDADA: ARELIS RAMIREZ, LUIS FELIPE BRITO, ERIKA GIMENEZ, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, DESIRE MARTIN, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, MARIBEL RICO, XAVIER SUAREZ, ELIANNY MENDOZA, JOSE PERDOMO, ENYERBEL CABALLERO, YADIRA CASTILLO, AURA RAMOS, RAFAEL BRITO, LUFANER DURAN, MARIA YEPEZ, ANA SEQUERA, SANDRA FERNANDEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYADANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 14.030.289, 7.444.328, 21.726.507, 5.352.509, 7.387.703, 18.997.382, 14.695.948, 19.197.170, 9.623.203, 19.324.480, 15.996.239, 22.194.673, 15.728.919, 19.166.857, 21.503.630, 20.926.812, 9.556.706, 10.841.129, 12.288.713, 15.299.911, 22.194.827, 17.626.242, 17.882.815, 16.279.380, 14.194.838, 20.923.337, 21.503.635, 6.795.427, 21.299.552, 21.503.639,20.922.128, 22.190.369 y 21.141.461, de este domicilio, respectivamente.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA EN EL JUICIO DE QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POSESORIA POR DESPOJO.
Quien suscribe, la Juez Provisorio, Johanna Dayanara Mendoza Torres, se aboca al conocimiento de la presente causa. Se inició el presente juicio de la demanda de QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POSESORIA POR DESPOJO, presentada por la empresa ASOCIACION CIVIL PROVIVIENDA HABITUNAS (ASOHABITUNAS), registrada por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Autónomo Palavecino del Estado Lara, en fecha 20/04/2001, anotada bajo el N° 20, Folios 1 al 4, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, representada por su apoderado judicial abogado VICTOR CARIDAD ZAVARCE, inscrito en el IPSA bajo el N°20.068, en contra de los ciudadanos ARELIS RAMIREZ, LUIS FELIPE BRITO, ERIKA GIMENEZ, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, DESIRE MARTIN, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, MARIBEL RICO, XAVIER SUAREZ, ELIANNY MENDOZA, JOSE PERDOMO, ENYERBEL CABALLERO, YADIRA CASTILLO, AURA RAMOS, RAFAEL BRITO, LUFANER DURAN, MARIA YEPEZ, ANA SEQUERA, SANDRA FERNANDEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYADANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 14.030.289, 7.444.328, 21.726.507, 5.352.509, 7.387.703, 18.997.382, 14.695.948, 19.197.170, 9.623.203, 19.324.480, 15.996.239, 22.194.673, 15.728.919, 19.166.857, 21.503.630, 20.926.812, 9.556.706, 10.841.129, 12.288.713, 15.299.911, 22.194.827, 17.626.242, 17.882.815, 16.279.380, 14.194.838, 20.923.337, 21.503.635, 6.795.427, 21.299.552, 21.503.639,20.922.128, 22.190.369 y 21.141.461, de este domicilio, respectivamente. En fecha 29/10/2013 fue recibida por ante la URDD Civil la presente demanda (Folios 01 al 83). En fecha 21/11/2013 este Tribunal admitió la presente demandada (Folio 84). En fecha 02/12/2013 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual consignó copias fotostáticas del libelo de la demanda a los fines de que fueran libradas las respectivas compulsas de citación (Folio 85). En fecha 05/12/2013 este Tribunal libró las respectivas compulsas de citación (vto. Folio 85). En fecha 31/01/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó que el alguacil informara acerca de las resultas de las citaciones correspondientes (Folio 86). En fecha 05/02/2014 la Juez Temporal Marlin Emilia Rodrigues Perez se abocó al conocimiento de la causa (Folio 87). En fecha 05/02/2014 se dictó auto mediante el cual se instó al alguacil a que informara acerca de las citaciones correspondientes (Folio 88). En fecha 06/02/2014 el Alguacil de este Tribunal consignó recibo de citación firmado por los codemandados Luis Brito, Erika Gimenez, Belkis Colmenarez, Maikel Mejias, Desiree Martin, Francis Zamora y Rafaela Falcon (Folios 89 al 96). En fecha 07/02/2014 el alguacil de este Tribunal consignó recibo de citacion sin firmar por los ciudadanos Albis Mejías, Arelis Ramirez y Rafaela Alvarez (Folios 97 al 129). En fecha 14/02/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó citación por carteles (Folio 130). En fecha 19/02/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó librar cartel de citación (Folios 131 y 132). En fecha 09/03/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual consignó publicación de cartel (Folios 133 y 134). En fecha 09/04/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual insto a la parte a que consignara la publicación del cartel conforme a lo establecido en el articulo 223 del C.P.C. (Folio 135). En fecha 26/05/2014 la parte actora introdujo reforma de la demanda (Folios 136 al 144). En fecha 02/06/2014 este Tribunal admitió la reforma de la demanda (Folios 145 y 146). En fecha 16/06/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante la cual consignó copias fotostáticas del libelo de la demanda a los fines de que se libraran las compulsas respectivas (Folio 147). En fecha 6/08/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante la cual solicito a que se instara al alguacil a informar acerca de la citación personal de los demandados (Folio 148). En fecha 11/08/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual insto al alguacil a que informara acerca de las citaciones de los demandados (Folio 149). En fecha 25/09/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicito se aperturara cuaderno de medida a fin de que se decretara medida de secuestro (Folio 150). En fecha 09/10/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual instó a la parte a que constituyera prueba de desposesión a los fines de pronunciarse sobre la medida (Folio 151). En fecha 04/11/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó realización de Inspección Judicial (Folios 152 y 153). En fecha 07/11/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó realizar la inspección judicial (Folio 154 y 155). En fecha 11/11/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicito se instara al alguacil a que informara acerca de las citaciones de los demandados (Folio 156). En fecha 14/11/2014 este Tribunal dictó auto mediante el cual instó al alguacil a que informara acerca de las citaciones (Folio 157). dictó auto mediante el cual admitió la reforma de la demanda (Folio 333). En fecha 22/09/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó medida preventiva (Folio 334). En fecha 25/09/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó abrir cuaderno de medidas (Folio 335). En fecha 07/03/2016 el alguacil de este Tribunal consignó recibo de citación sin firmar por la parte demandada (Folios 336 al 357). En fecha 07/03/2016 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó citación por cartel conforme al artículo 223 del C.P.C. (Folio 358). En fecha 10/03/2016 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó librar cartel de citación (Folios 359 y 360). En fecha 17/11/2014 el alguacil de este Tribunal consignó recibo de citacion sin firmar por los ciudadanos ARELIS RAMIREZ, ERIKA GIMENEZ, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, XAVIER SUAREZ, ELIANNY MENDOZA, JOSE PERDOMO, ENYERBEL CABALLERO, YADIRA CASTILLO, AURA RAMOS, RAFAEL BRITO, LUFANER DURAN, MARIA YEPEZ, ANA SEQUERA, SANDRA FERNANDEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYADANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA (Folios 158 al 670). En fecha 19/11/2014 el alguacil de este Tribunal consignó recibo de citacion sin firmar por el ciudadano LUIS FELIPE BRITO (Folios 671 y 672). En fecha 19/11/2014 el alguacil de este Tribunal consignó recibo de citación firmado por la ciudadana MARIBEL RICO y DESIREE MARIN, asimismo consignó boleta de notificación firmada por el experto fotógrafo designado (Folios 673 al 678). En fecha 19/11/2014 la parte actora introdujo diligencia mediante la cual solicitó que se libraran las citaciones por carteles conforme al artículo 223 del C.P.C. (Folio 681). En fecha 21/11/2014 este Tribunal realizó inspección judicial (Folios 682 al 684). En fecha 24/11/2014 este Tribunal acordó librar cartel de citación (Folios 685 al 688). En fecha 26/11/2014 el experto fotógrafo designado consignó reproducción fotográfica (Folios 689 al 698). En fecha 19/01/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual consignó publicación de cartel (Folios 709 y 710). En fecha 23/01/2015 las codemandadas Erika Giménez, Aura Ramos, Ana Sequera y Sandra Fernández introdujeron escrito mediante el cual contestaron a la demanda (Folios 714 al 746). En fecha 26/01/2015 la parte actora consignó publicación de cartel (Folios 747 y 748). En fecha 30/01/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual advirtió a la parte que se pronunciaría sobre sus alegatos en la sentencia de mérito por cuanto se encontraba en la etapa de citación (Folio 749). En fecha 30/01/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual dejó sin efecto los carteles publicados por cuanto no cumplían con lo establecido en el artículo 223 del C.P.C. (Folio 750). En fecha 09/02/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual apeló del auto de fecha 05/02/2015 (Folios 751 y 752). En fecha 11/02/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó abrir cuaderna de medidas y desglosar el escrito de su solicitud (Folio 753). En fecha 12/02/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual negó la revocatoria solicitada por la parte actora (Folio 754). En fecha 13/02/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó se realizara computo de los días transcurridos desde la fecha 23/01/2015 hasta la fecha de su solicitud (Folio 755). En fecha 20/02/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó realizar cómputo, asimismo acordó desglosar la diligencia de fecha 12/03/2015 y agregarla al cuaderno de medidas signado con el N° KH02-X-2015-11(Folios 756 al 758). En fecha 23/02/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó abrir cuaderno de tacha incidental (Folio 759). En fecha 23/02/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual impugnó de fotocopias consignadas junto al escrito de pruebas (Folio 760). En fecha 26/02/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual instó al impugnante a que ratificara su solicitud en el respectivo cuaderno separado (Folio 761). En fecha 27/02/2015 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual solicitó citación por cartel a los 27 codemandados (Folio 762). En fecha 05/03/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual acordó publicación de cartel (Folio 763 y 764). En fecha 10/07/2015 la parte demandada introdujo diligencia mediante el cual solicitó a que se instara a la parte actora a que continuara con el impulso procesal del presente asunto (Folio 765). En fecha 21/07/2015 este Tribunal dictó auto mediante el cual insto a la parte actora a que diera impulso procesal al presente asunto (Folio 766). En fecha 01/02/2016 este Tribunal dictó auto mediante el cual dio por recibido las resultas con referencia a la apelación (Folios 767 al 843). En fecha 02/03/2016 la parte actora introdujo diligencia mediante el cual desistió de la demanda en contra de los codemandados ARELIS LINAREZ, LUIS BRITO, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, DESIRE MARTIN, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, MARIBEL RICO, XAVIER COLMENAREZ, JOSE PERDOMO, ENYERBEL COLMENAREZ, YADIRA CASTILLO, RAFAEL BRITO, LAFANER DURAN, MARIA YEPEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA (Folios 844 y 845). En fecha 04/03/2016 este Tribunal dictó auto mediante el cual impartió la correspondiente homologación en cuanto al desistimiento de la parte actora y ordenó que se prosiguiera el juicio en contra de las ciudadanas ERIKA GIMENEZ, AURA RAMOS, ANA SEQUERA, SANDRA FERNANDEZ y ELIANNY MENDOZA (Folios 846 y 847). En fecha 28/03/2016 este Tribunal dictó auto mediante el cual complementó el auto de fecha 04/03/2016 en el sentido que se acordó notificar a las demandadas respectivas (Folios 848 al 853).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
Sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
Partes”.
En el presente caso, se observa que desde la actuación de Impulso procesal de la parte actora en fecha 02/03/2016 donde desistió de la demanda en contra de los ciudadanos ARELIS LINAREZ, LUIS BRITO, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, DESIRE MARTIN, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, MARIBEL RICO, XAVIER COLMENAREZ, JOSE PERDOMO, ENYERBEL COLMENAREZ, YADIRA CASTILLO, RAFAEL BRITO, LAFANER DURAN, MARIA YEPEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de la demanda de QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCION POSESORIA POR DESPOJO, presentada por la empresa ASOCIACION CIVIL PROVIVIENDA HABITUNAS (ASOHABITUNAS), en contra de los ciudadanos ARELIS RAMIREZ, LUIS FELIPE BRITO, ERIKA GIMENEZ, RAFAELA ALVAREZ, BELKIS COLMENAREZ, MAIKEL MEJIAS, DESIRE MARTIN, FRANCIS ZAMORA, ALBIS MEJIAS, RAFAELA FALCON, MARIBEL RICO, XAVIER SUAREZ, ELIANNY MENDOZA, JOSE PERDOMO, ENYERBEL CABALLERO, YADIRA CASTILLO, AURA RAMOS, RAFAEL BRITO, LUFANER DURAN, MARIA YEPEZ, ANA SEQUERA, SANDRA FERNANDEZ, BEATRIZ MORALES, AIDA CAMACARO, ROSA LEAL, DAYADANARA QUERALES, YOSELIN CABALLERO, ESTILITA MOGOLLON, NATALY COLMENAREZ, NAILEN COLMENAREZ, MILEIDIS PEREZ, MARIANGEL ROJAS Y ANA VALERA, todos identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los treinta (30) días del mes de Mayo de dos mil Diecisiete. AÑOS: 207º y 158º
La Juez Provisorio
Johanna Dayanara Mendoza Torres
La Secretaria
Rafaela Milagro Barreto
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.
JDMT/Viviana
En la misma fecha se publicó siendo las 12:00 p.m., se dejo copia de la sentencia N°148 y quedo asentado en el libro diario bajo el N°92
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