REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º


ASUNTO: KP02-S-2017-929
SOLICITANTE: MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.485.294, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: JAIRO OJEDA PALMA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 173.775.
Motivo: TITULO SUPLETORIO

En fecha 23/02/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por la ciudadana MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, ya identificada, mediante la cual indica que posee una bienhechuría que consiste en una vivienda sobre un TERRENO PROPIO, Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en Fecha 19/02/2004 Inscrito bajo el numero 15, Tomo 2186/2194. Ubicado en la carrera 33 a 19,35 metros del eje de la calle 25 N° 25-47, ubicada con código catastral 203-3425-04, de la ciudad de Barquisimeto, Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara. Que mide CIENTO DIECISEIS METROS CUADRADOS CON DOCE DECIMETRO (116,12M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en siete metros con treinta y tres centímetros (7.33 mts). Con inmueble ocupado por Paula Marchan de Pineda y Martillo de Diez centímetros (0,10Mts) con inmueble ocupado por Luis Rivas SUR: en ocho metros con cincuenta centímetros (8.50 mts) con la carrera 33 que es su frente. ESTE en quince metros con cinco centímetros (15,05 mts). Con inmueble ocupado por Paula Marchan de Pineda. OESTE: en diez metros con ochenta y tres centímetros (10.83 mts). Y cuatro metros con diez centímetros (4.10mts) Con inmueble ocupado por Luis Rivas. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.

En fecha 03/05/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: ANGEL MANZANAREZ PALOMAREZ Y NIHELS MANZANAREZ TORREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.409.913 y V-20.186.282 respectivamente, f. 23.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, Antes Identificada, Asistida Por el abogado, JAIRO OJEDA PALMA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 173.775.sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los CUATRO (04) DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular


Abg. Rosángela Mercedes Sorondo Gil
La Secretaria Suplente


Abg. Orlannys Nataly Rodriguez







RMSG/ONR/at

















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º


ASUNTO: KP02-S-2017-929
SOLICITANTE: MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.485.294, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: JAIRO OJEDA PALMA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 173.775.
Motivo: TITULO SUPLETORIO

En fecha 23/02/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por la ciudadana MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, ya identificada, mediante la cual indica que posee una bienhechuría que consiste en una vivienda sobre un TERRENO PROPIO, Según consta en documento protocolizado por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, en Fecha 19/02/2004 Inscrito bajo el numero 15, Tomo 2186/2194. Ubicado en la carrera 33 a 19,35 metros del eje de la calle 25 N° 25-47, ubicada con código catastral 203-3425-04, de la ciudad de Barquisimeto, Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara. Que mide CIENTO DIECISEIS METROS CUADRADOS CON DOCE DECIMETRO (116,12M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en siete metros con treinta y tres centímetros (7.33 mts). Con inmueble ocupado por Paula Marchan de Pineda y Martillo de Diez centímetros (0,10Mts) con inmueble ocupado por Luis Rivas SUR: en ocho metros con cincuenta centímetros (8.50 mts) con la carrera 33 que es su frente. ESTE en quince metros con cinco centímetros (15,05 mts). Con inmueble ocupado por Paula Marchan de Pineda. OESTE: en diez metros con ochenta y tres centímetros (10.83 mts). Y cuatro metros con diez centímetros (4.10mts) Con inmueble ocupado por Luis Rivas. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.

En fecha 03/05/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: ANGEL MANZANAREZ PALOMAREZ Y NIHELS MANZANAREZ TORREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.409.913 y V-20.186.282 respectivamente, f. 23.

Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan Tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana MIREYA MAITA ALVAREZ RODRIGUEZ, Antes Identificada, Asistida Por el abogado, JAIRO OJEDA PALMA, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 173.775.sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los CUATRO (04) DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
Abg. Rosángela Sorondo Gil
La Secretaria Suplente
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
Abg. Orlannys Nataly Rodríguez
La Suscrita, Secretaria Suplente del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es exactamente igual al original que se encuentra en el asunto KP02-S-2017-929, Certificación que se expide por mandato judicial de esta fecha. En Barquisimeto a los CUATRO (04) días del mes de MAYO del 2017. Años: 206º y 158º.-
LA SECRETARIA SUPLENTE