REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

ASUNTO : KP02-S-2017-000852
Vista la anterior solicitud presentada por los Ciudadanos: MARY CARMEN GARCIA SILVA y MANUEL JOSE REINOSO TORREALBA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-11.850.202 y 13.268.681, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio, DIGNA ARRIECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.203, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante arriba señalada, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los Ciudadanos, MARY CARMEN GARCIA SILVA y MANUEL JOSE REINOSO TORREALBA, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABG. BELEN BEATRIZ DAN

EL SECRETARIO SUPLENTE

ABG. CARLOS ESPINOZA