REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 23 de mayo de dos mil diecisiete.
206º y 158º
Visto el desistimiento hecho por el abogado Saúl Andrés Andrade M., inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 85.050 en su carácter apoderado judicial de los ciudadanos Lucila Matilde Sucre de Atias y Jesús Alberto Atias Amparan parte actora en el juicio de cobro de bolivares (via intimación) incoado en contra del ciudadano Jean Carlos Ghassibe Tannous, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto el apoderado esta facultado para desistir conforme al poder que cursa al folio 06, da por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a HOMOLOGAR como en efecto lo hace; En consecuencia se ordena la devolución de los originales y dar por terminadas las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de archivo judicial de este estado a los fines de su mejor resguardo, constante de (1) pieza, la principal consta de treinta y nueve (39) folios útiles, y un (1) cuaderno separado de medidas FH02-X-2016-000062 consta de cuatro (04) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés B.
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/indira
ASUNTO: FP02-V-2016-000692
Resolución Nº PJ0192017000156 DIARIZADO
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