REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, treinta (30) de mayo de dos mil diecisiete (2017)

207° y 158°

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la ciudadana EDUARDA F. BELLORÍN GÓMEZ, titular de la cédula de identidad Nº 6.323.969, asistida por el abogado GIANCARLO BOTTINI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 89.560, parte recurrente en la presente causa, contra la UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR este Tribunal, siendo la oportunidad legal para su admisión, observa:

Que en relación con las documentales promovidas por la parte recurrente en los puntos PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO de su escrito de pruebas, este Juzgado por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las admite salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con lo establecido en los artículos 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.


DR. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ
EL JUEZ PROVISORIO



Abg. GABRIELA PAREDES
LA SECRETARIA



Exp. No.007789
Nakary Contreras