REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL CON SEDE EN LA FRÍA
La presente investigación penal militar signada con el alfanumérico FM33-020-2017 se inició En fecha 15 de mayo de 2017, se inició la investigación penal militar signada con el número FM33-020-2017, tras Resumen de Información de Inteligencia (REIN) signado bajo el número 017-2017 de fecha 15 de mayo de 2017 y suscrito por el ciudadano General de Brigada Ángel Eduardo Moronta Juliao, Comandante de la 25 Brigada de Infantería Mecanizada, mediante la cual se desprende los siguientes hechos: “…El día de hoy quince (15) de mayo de dos mil diecisiete (2017) siendo las 09:00 horas, cumpliendo con la misión asignada por la Región de Defensa Integral los Andes (REDI ANDES) de acuerdo a lo tipificado en la orden de operaciones paso de los Andes emitida por la 25 Brigada de Infantería Mecanizada “G/D Juan Manuel Valdez” a los fines de coadyuvar a la identificación de efectivos militares adscritos a la FANB de la República Bolivariana de Venezuela, quienes presuntamente estén involucrados en la comisión de delitos establecidos en el Código Orgánico de Justicia Militar (COJM), así como la identificación de elementos pertenecientes a Grupos Paramilitares que realizan actividades delictivas contra el Estado Venezolano y participan de manera activa en la ejecución de acciones terroristas en contra de la Unidades Militares acantonadas en la zona fronteriza del Estado Táchira, especialmente en los Municipios Ayacucho y García de Hevia, esta Unidad Militar pudo conocer mediante fuentes dignas de confianza e información A-1, lo siguiente: El Capitán Bastidas Morales Carlos Luis CI. V-13.206.338, quien posee el siguiente nro telefónico 0416-057-74-68, Primer Teniente Flores Carrasco Roger Yohan CI. V-19.432.392 quien posee el siguiente número telefónico: 0426-331-60-72 y el Primer Teniente Colina Torrealba Juan Carlos CI. V-19.251.585, quien posee el siguiente número telefónico: 0424-7497102, y quienes actualmente son plaza de esta Unidad Superior los mismos profesionales antes mencionados poseen vínculos directos con miembros de grupos paramilitares, así mismo por medio de la utilización de los números telefónicos que se mencionan anteriormente que son de su propiedad mantienen comunicación telefónica con estos grupos armados denominados “Los Urabeños” quienes operan en el sector de la Popa, actualmente estos profesionales militares han participado en operaciones militares en ese sector, es importante hacer mención que actualmente el Cap. Bastidas Morales Carlos Luis CI. V-13.206.338 es el encargado de la base denominada la Popa, finalmente se hace referencia la red de inteligencia y contrainteligencia, quienes han obtenido información que los profesionales militares que fueron mencionados han recibidos altas dádivas provenientes de las diferentes actividades ilícitas en contrabando de extracción que se han presentado en ese sector, una vez obtenida dicha información, el G/B Ángel Eduardo Moronta Juliao CI. V-9.467287 Comandante de la 25 Brigada de Infantería Mecanizada G/D Juan Manuel Valdez, ordenó remitir mencionado documento para el conocimiento de la Fiscalía Militar 33, a fin de referido despacho fiscal solicite procesamiento de interceptación y grabación de comunicaciones privadas, conjuntamente con grabación de mensajes de texto entrantes y salientes de los números de telefonía móvil celular mencionado en el presente documento…”
En tal sentido, esta vindicta pública mediante escrito signado bajo el número 313/17 de fecha 15 de mayo de 2017, solicitó ante el Tribunal Militar Trece de Control, de conformidad con las atribuciones que establece los artículos 204 y 205 del Código Orgánico Procesal; la práctica de procesamiento de interceptación y grabación de comunicaciones privadas, así como también la autorización de incautación de equipos telefónicos, que guardan relación con los abonados telefónicos 0416-0577468; 0426-3316072 y 0424-7497102, así como también con la presente investigación penal militar; siendo en fecha 16 de mayo de 2017, acordada con lugar.
A tal efecto, esta representación del Ministerio Público, mediante escrito S/N de fecha 16 de mayo de 2017, comisionó a la Dirección General de Contrainteligencia Militar, amplia y suficientemente en cuanto a derecho se requiere para realizar las labores de investigación necesarias para contribuir al esclarecimiento de los hechos; e igualmente todas las diligencias pertinentes en cuanto a: práctica de procesamiento e interceptación y grabación de comunicaciones privadas; relación y triangulación de llamadas, mensajerías de texto entrantes y salientes del mes de mayo en adelante, así como también la práctica de incautación de equipos telefónicos que guardan relación con la Causa Penal Militar FM33-020-2017.
Así pues, en fecha 23 de mayo de 2017, la Región de Contrainteligencia Militar Nro 2 “Los Andes” remite a este despacho fiscal acta de investigación penal signado bajo el número 002 de fecha 17 de mayo de 2017, en los cuales presentan los resultados obtenidos de las transcripciones efectuadas a la interceptación y grabación de comunicaciones privadas del abonado telefónico 0416-0577468, el cual según los datos aportados por la empresa Movilnet es propiedad de la ciudadana Nelly Moncayo CI. V-2.289.215, cuya cédula de identidad al ser verificada en el Consejo Nacional Electoral registra a nombre de la ciudadana Ada Josefina Angulo López, no obstante, dicho abonado es utilizado por el ciudadano Capitán Carlos Luis Bastidas Morales CI. V-13.206.338; y los abonados N° 0426-3316072 propiedad del Primer Teniente Roger Yohan Flores Carrasco CI. V-19.432.392; así como también, un (01) disco compacto (CD) marca TDK, serial HLD629RH24072834, contentivo de dos archivos de audio de las interceptaciones mencionadas.
En este orden de ideas, del acta de investigación penal signada bajo el número RCIM-2 N° 002 de fecha 17 de mayo de 2017, suscrita por el ciudadano Primer Teniente Carlos Alberto Alfonso Vivas CI. V-16.982.644, oficial de comunicaciones de la Región de Contrainteligencia Militar N° 2 “Los Andes” de la DGCIM; se desprende textualmente de la siguiente manera: “El día de hoy Miércoles diecisiete (17) de Mayo de Dos Mil Diecisiete (2017), siendo las 1200 horas, quien suscribe: PTTE CARLOS ALBERTO ALFONSO VIVAS, C.I.V-16.982.644, Oficial de Comunicaciones de la Región de Contrainteligencia Militar N° 2 “Los Andes” de la DGCIM, quien estando legalmente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en los Artículos 329 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 113, 114, 115, 153 y 285 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) Vigente; 12 (ordinal 1º), 14 (ordinal 6º) de la Ley de los Órganos de Investigación Científicas Penales y Criminalísticas; aplicables al caso por remisión supletoria de los artículos 20 del Código Orgánico de Justicia Militar; deja expresa constancia de haber recibido por parte de la Dirección de Comunicaciones Operativas de la DGCIM, ubicada al final de la calle Vargas, Edificio DGCIM, sector Boleíta Norte, municipio Sucre, estado Miranda y autorizado plenamente por el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control de La Fría, mediante Autorización relacionada con Investigación Fiscal N° FM33-020-2017, de fecha 16MAY17, de efectuar la Interceptación de los abonados telefónicos: 0416-057.74.68, el cual según los Datos Filiatorios aportados por la empresa MOVILNET es propiedad de la ciudadana NELLY MONCAYO, C.I.V-2289215, cuya Cédula de Identidad al ser verificada en el CNE registra a nombre de la ciudadana ADA JOSEFINA ANGULO LÓPEZ, dicho abonado es utilizado por el CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I. V-13.206.338, plaza de la 2209 Compañía de Francotiradores de la 22 Brigada de Infantería; 0426-331.60.72, propiedad del PRIMER TENIENTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO, C.I. V-19.432.392, plaza del 251 Batallón de Infantería Mecanizada “G/D JOSÉ CORNELIO MUÑOZ SILVA” y 0424-7497102 propiedad del ciudadano JUAN CARLOS COLINA TORREALBA, C.I.V-19.251.585. Dicho procedimiento fue efectuado por funcionarios expertos adscritos a la Dirección de Comunicaciones Operativas de la DGCIM antes descrita, mediante la utilización de un Sistema Pasivo de Monitoreo GSM, Bandas de frecuencias: GSM 850 / EGSM 900 / DCS 1800 / PCD 1900, Interceptor 3G IMSI, Modelo Kalibrator Seriales: N-5079-2341. SCAN12079, realizándose las diligencias pertinentes y necesarias, se obtuvo el siguiente resultado, el cual se especifica en la transcripción de dos (02) grabaciones de voz:
GRABACIÓN N° 1
A. FECHA: 162129MAY17.
B. ABONADOS TELEFÓNICOS:
1. NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13206338, PLAZA DE LA 2209 COMPAÑÍA DE FRANCOTIRADORES DE LA 22 BRIGADA DE INFANTERÍA. TELÉF: 0416-057.74.68.
2. PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO, C.I.V-19432392, PLAZA DEL 251 BATALLÓN DE INFANTERÍA MECANIZADA “G/D JOSÉ CORNELIO MUÑOZ SILVA”. TELÉF: 0426-331.60.72.
C. NÚMERO DE CONTROL: 2560
D. TIEMPO DE DURACIÓN: 2’ 15’’ Aprox.
E. TRANSCRIPCIÓN:
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Ordene mi Capitán
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Flores, tú, tú estás ah en dónde, ¿en la 25 Brigada?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: No estoy aquí en el 253 porque tengo una situación todo el día aquí en la Brigada esperando a ver cómo paso pa’ Coloncito porque no hay paso, ta todo trancado (no audible)
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ahhh y ven acá y te regresaron porque ¿tienes curso en dónde?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: En Valencia
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ah ok, cuándo te vienes.
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Eeeh viernes
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ajá vas pa’ y de ese curso dura cuánto
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: No eso es el mier… es mañana, mañana ¿mañana es qué martes no?
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Mañana es miércoles.
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Bueno es maña, es miércoles, jueves y viernes
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ah ok y y el y el el ¿teletubi?, ¿lo dejaste, en dónde?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: No lo cargo yo.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Nooo pero hay que dejarlo con alguien pa pa pa porque si tú llegas, tú debes llegar al de tus peos el sábado, pa’ yo llegar el viernes y activanos ¿me entiendes?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: No pero yo estoy activado con ellos, yo estoy hablando, yo estoy hablando con ellos.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): ¿Cuándo?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Hoy
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): ¿Qué te dijo?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: (No audible) mi Teniente Rodríguez ah y mi Teniente García, como nadie está saliendo ahorita.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ah ok está bien, este y y ¿El chimó? Lo lo ¿llevaste, lo dejaste allá?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Estaba esperando que usted llegue pa’ que, pa’ que (no audible).
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Dale pues, entonces te espero allá pero necesito coooño, pero necesito que el el el el el el teletubi pueda comunicá
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: (No audible)
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Tú te sales, tú sales ¿tú sales cuándo pa’ Valencia?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: ¿Cómo?
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): ¿Tú sales pa’ Valencia cuándo, hoy?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Y ehhh van, cuando mi, todavía no ha llegado el per, no he llegado al Batallón, cuando llegue, cuando llegue al Batallón, mi Comandante me va a, me imagino que me va a (no audible) pa’ Valencia
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ahhh ok, nooo pero necesitamos dejar el el el el el el el teletubi pa’ poner a trabajar, pa’ poner a funcionar
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: En estos momentos yo estoy aquí en el Batallón
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ahí tá ¿Tú estás en el Genaro Vásquez?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Sí
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Dáselo a este aaa, coño dáselo al Teniente Colina, búscate al Teniente Colina.
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Dale pues, yo le escribo entonces.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Dile que que que que que no es nada así, dile que sí, que yo dejé allá arriba y y yo dejé allá que que yo lo dejé en la habitación porque me fui apurao porque me relevaron apuraos ¿oiste?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Dale pues, yo le aviso.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Nooo, dale pues viejo, déjalo con él y esteee pa’ yo ¿me entiendes?
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Sí yo le digo
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Dale pues
PTTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO: Bueno.
GRABACIÓN N° 2
A. FECHA: 162112MAY17.
B. ABONADOS TELEFÓNICOS:
1. NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13206338, PLAZA DE LA 2209 COMPAÑÍA DE FRANCOTIRADORES DE LA 22 BRIGADA DE INFANTERÍA. TELÉF: 0416-057.74.68.
2. MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS, C.I.V-16.465.603. TELÉF: 0426-402.66.83
C. NÚMERO DE CONTROL: 2561
D. TIEMPO DE DURACIÓN: 2’ 10’’
E. TRANSCRIPCIÓN:
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Gorda.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Dime mi amor.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Sabes que el el que quedó allá, que íbamos a trabajar, el que me mandó un mensaje que lo que lo relevaron pa’ ise pa’ la 41 porque tiene curso ¿no?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: ¿A quién?
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Hasta ayer, al que el otro el que quedó pa’ allá, que hice las las transferencias (no audible) en frontera.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ajá ajá
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ajá que él hizo, que él hizo la la la, se va pa’ un curso ahorita pa’ pa’ la pa’ la Brigada, pa’ la 41. Entonces no me dejó a mí teléfono ni nada ¿oíste?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ay no te entiendo mi amor
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Coño gorda es que no puedo hablar por, coño si tú, no podemos hablar por por por por
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ajá sí
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Vivo y directo mi amor, abre abre el sentido gorda, así como tú tienes siete sentidos.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ajá
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Abre el sentido
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ajá tengo ocho vuélveme a contar
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): El tipo que dejé allá, se llevó el teléfono se fue pa’ curso, pa’ Valencia, me escribió el otro el que yo deje allá, pa’ que se encargara mientras que yo estaba por fuera
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Aaajá, ajá.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ajá con la con la vaina, también el dinero, todo esa vaina también ¿Me entiendes, te acuerdas?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Jaaa, ajá
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Ajá, entonces él me dijo, nooo que estoy en Valencia, que me mandaron a buscar, ah ok está bien tranquilo. Entonces él me mandó un mensajito: Epa hermano, llego el viernes, yo soy chimó.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ajá
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Mensaje de audio, me dijo, el sábado tranquilo, cuente con eso, no se preocupe, eso eso no come una sola vez, eso eso tranquilo no se preocupe, eso no mándeme el numero pa’ depositarle de una vez mándemelo, mándemelo. Entonces pa’ empezar a trabajar con él, entonces necesito que tú, yo te voy a mandar el número de teléfono del contacto, pa’ que tú nada más le dices: Esteee CUENTA DE CHIMÓ, más nada ¿oíste gorda? Le pones así.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ok ¿pero ahorita, ahorita?
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Y le mandas, de una vez gorda y le mandas el número de cuenta de Yusmary y le pones cuenta de Banesco ¿oiste?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ok
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Le dices que tengo Banesco, cuenta Banesco, cuenta de ahorro, Banesco, si si tú la (no audible) ¿oíste gorda?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ok
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Yo te voy a mandar el mensaje del tipo, pa’ que, pa’ que hables con él de una vez porque
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: ¿Y se llevó el teléfono aquel?, este sí es arrecho.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Sí pero él me, este me co, este me co, él dijo que volvía pero ah sí de aquí que vuelva, pero no importa.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Dale
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): (No audible) Valencia mañana, si él está aquí en Valencia lo mando a buscar ¿me entiendes? Pa´que arreglemos cuentas.
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Eeexacto, eeexacto.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Dale, pero te voy a mandar esteee por si acaso y dice así y tú le vas a mandar el número de cuenta
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: (No audible) ¿La computadora ahí?. (no audible) voy a registrar en la computadora ahí
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Sí, sí
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Ah no mentira, yo reviso aquí, dale.
NELLY MONCAYO (VOZ DEL CAP CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES): Soy chimó, soy chimó, esteee no escribas de este número (no audible) y me avisas ¿oíste?
MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS: Dale pues, dale pues, tranquilo
En virtud de las presentes transcripciones efectuadas al abonado telefónico N° 0416-057.74.68, el cual según los Datos Filiatorios aportados por la empresa MOVILNET es propiedad de la ciudadana NELLY MONCAYO, C.I.V-2289215, cuya Cédula de Identidad al ser verificada en el CNE registra a nombre de la ciudadana ADA JOSEFINA ANGULO LÓPEZ, dicho abonado es utilizado por el CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338, plaza de la 2209 Compañía de Francotiradores de la 22 Brigada de Infantería, con los abonados telefónicos 0426-331.60.72, propiedad del PRIMER TENIENTE ROGER YOHAN FLORES CARRASCO, C.I. V-19.432.392, plaza del 251 Batallón de Infantería Mecanizada “G/D JOSÉ CORNELIO MUÑOZ SILVA” y 0426-402.66.83 propiedad de la ciudadana MILEIDY JOSEFINA NUÑEZ DE BASTIDAS, C.I.V-16.465.603; se deja constancia de las presentes debido a que poseen elementos de interés Criminalístico en relación a la Causa Fiscal N° FM33-020-2017, por la presunta comisión de los delitos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal. De igual manera, se remite anexo a la presente actuación policial, un Disco Compacto (CD) contentivo de dos (02) archivos con los audios antes mencionados. Es todo. Terminó, se leyó y estando conforme firman. FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD: Asimismo, considera este Despacho que en el presente caso se encuentran debidamente acreditados los supuestos requeridos en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: 1.- NUMERAL PRIMERO DEL ARTÍCULO 236 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. Un hecho punible que merezca pena privativa de la libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita. En consecuencia el comportamiento adoptado por este ciudadano evidentemente se encuentra fuera del marco de la ley, siendo procedente subsumir dicha conducta en el tipo penal antes descritos, en este sentido se trata de un hecho punible que acarrea Pena Privativa de Libertad, asimismo se puede determinar que no se encuentra evidentemente prescrito. 2.- NUMERAL SEGUNDO DEL ARTÍCULO 236 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. Fundados elementos de convicción para estimar que el Imputado ha sido autor o participe en la comisión de un hecho punible. Aparece claramente determinado en la investigación que adelanta esta Fiscalía Militar, que existen elementos serios de convicción para estimar que el ciudadano CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338, es responsable del tipo penal que se le imputa, 3.- NUMERAL TERCERO DEL ARTÍCULO 236 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. Una presunción razonable por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación. En concordancia con lo establecido en el artículo 237 numerales 2 y 3 y el artículo 238 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. En el presente caso se presume el peligro de fuga en atención a la pena que podría llegarse a imponer en el presente caso por la magnitud del daño causado, asimismo se estima el peligro de obstaculización en virtud que el prenombrado ciudadano podría destruir, modificar, ocultar o falsificar elementos de convicción pertinentes y necesarios en esta investigación, de igual manera influir sobre testigos víctimas o expertos poniendo en peligro la investigación la verdad de los hechos y la realización de la justicia. Por estas razones resulta necesario solicitar ante ese digno Tribunal Militar decrete la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de mencionado imputado, por la presunta comisión del tipo penal ut supra señalado. Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con las disposiciones legales antes citadas, en mi condición de Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Tercero con Competencia Nacional, SOLICITO respetuosamente ante ese Órgano Jurisdiccional Penal Militar en funciones de Control, decrete lo siguiente PRIMERO: Que la presente audiencia de presentación se tome como acto formal de imputación en contra del ciudadano CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338, por la comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1°, DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el encabezado del artículo 520, CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 561, de la COBARDIA Y OTRO DELITOS CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Que este digno Tribunal acuerde con lugar la aprehensión de dichos imputados por establecerlo así la ley. TERCERO: Ratifique la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los mencionados imputados, por la presunta comisión del tipo penal ut supra señalado y en consecuencia, acuerde como lugar de detención el Departamento de Procesados Militares Santa Ana, estado Táchira, haciendo del conocimiento que los mencionados ciudadanos tienen derecho a permanecer en una instalación diseñada para preservar la salud, recibir alimentos, agua, alojamiento, ropa, servicios médicos, facilidades para el ejercicio físico, artículos de aseo personal y visitas de familiares, según lo dispuesto en el artículo 10 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, Principios sobre la Detención o Prisión. CUARTO: continúe con la aplicación del Procedimiento Ordinario. Finalmente, solicito respetuosamente copia simple de la presente acta de la audiencia de presentación. Es todo”. Seguidamente se impuso a los ciudadanos imputados previamente identificados del contenido del artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestando este, su deseo de rendir declaración. Se le tomó la palabra al ciudadano CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338 el cual expreso: El día 07 de marzo de 2017 fui designado por el comando de la 22 Brigada de Infantería a una operación Fronteriza llamada “Torniquete”, junto a 2 oficiales subalterno,4 Profesional y 40 soldados valientes adscrito a la infantería, una vez organizado el personal procedimos hacer el traslado hacia la 25 brigada allí el General Moronta me designo hacia el coronel Hernández. Se me impartió la orden de dirigirme al sector la Popa, con la finalidad de relevar al personal que se encontraba allá. Ese día domingo señor juez al llegar a la Popa bajamos el material, y el capitán Fernández que se encontraba allí, tenía información de que habían cerca paramilitares, nos dirigimos al sector pata e gallina, sin entrar en ningún momento al sector de la Popa, una vez que localizamos a mi coronel y se hizo el relevo, fuimos al sector pata e gallina, en el cual en una labor de inteligencia bajamos más para emboscar a unos objetivos. De igual manera tuvimos un enfrentamiento con grupo paramilitar y fueron dados de bajas 2 sujetos y hubo un herido. Hay en ese momento perdimos un radio Tetra, cuando regresamos subimos con 5 bolsos de campañas que le incautamos a ellos, se llevó el material y al presunto paraco a la 25 de brigada, y yo me quede al personal. El día lunes cumpliendo instrucciones del coronel Hernández, se me designo el sector Pico e Huevo y el sector Pata de Gallina para mi unidad, con el personal que yo había traído desde mi unidad, el cual cumplí sin novedad, designando a un Profesional con 2 sargento y la mayor cantidad de soldados (16), al segundo día en la noche reporte todas las actividades sin novedad y el siguiente día pase revista a la parte de arriba.me percaté de que los sitios son muy vulnerables, ambos sitios son vulnerables, sobre todo pata e gallina que no tiene luz ni agua. Hable con el teniente le dije que estuviera mucho cuidado porque hay era que se había suscitado el enfrentamiento el día domingo, cuando regreso a la base en la noche recibo una llamada de un número desconocido, que me dice el sujeto que él había trabajado con muchos profesionales en ese sector, yo le pregunto que como había hecho para conseguir mi número, él me dice que eso fue fácil que cualquiera se lo daba, también me hace mención que si necesito comida él podía dármela, que ya sabía quién era yo, donde vivía todo. Que él ha trabajado con un tal “zurdo, con el flaco, y el gordo” es cuando le digo aja señor con que intenciones usted me está llamando, y me dice el objetivo es que usted no baje a patrullar para este sector, porque esto es una zona caliente, y fue así una forma amenazante. Mi error señor juez es que no pase la novedad y me quede con la papa caliente en mis manos, pase toda la noche pensando y es cuando el señor vuelve a llamarme, y le pregunto que cuales son las intenciones que es lo que pasa. Y me dice nuevamente que él sabe dónde vivo quien soy yo, todo sobre mi pues. En ese momento sentí impotencia y procedí a seguir con mi labor y con cierto temor por el material y los hombres que estaban allí, porqué esa gente podía tomar represarías ya que el día domingo se le había quitado un fusil AK-47, y del sector la popa y pata e gallina hay una hora y diez minutos caminando, él señor me regresa la llamada y me informa que con todos los profesionales que él ha trabajado e inclusive con gente de caracas nunca ha tenido problemas. Solo le dije jefe yo no quiero tener problemas, Es cuando me dice que me quiere dar un teléfono y le dije que no, que yo no quería teléfono, él día 14 de mayor fui relevado porque tenía una reunión en caracas ya que todos los comandantes de los francotiradores debían asistir ya que era una orden del comandante general. Me comunico con el teniente flores y le digo que busque el teléfono en el lugar que me había indicado para saber que tenía y que instrucciones poseia.me fui a caracas me transporte por mis propios medios y entable conversación con flores y me dijo que si había retirado el teléfono, al igual que un número de cuenta que el señor me dijo que le diera porque todos los que han pasado por hay deben dejar un número de cuenta, para agregarle plata a la misma. Yo procedí a darle un número de cuenta de una amiga (Yusmary) sin consultarle ya que yo le juego un san a ella. Estoy claro de mi situación por no haber pasado la novedad, pero yo me vi en la necesidad de seguir en contacto e información con ese señor ya que el mismo sabía todo el parte que se encontraba allí, ya que también hay soldadas alla arriba, y también lo de la parte familiar. Por mi esposa mis dos hijas menores de edad en Mérida Es Todo. Seguidamente el ciudadano fiscal procedió a preguntar. Primera pregunta: ¿Diga usted qué fecha recibió la llamada del sujeto desconocido? Respuesta: El día 9 de mayo, y luego al día siguiente como a las 20:00 o 21:00 horas de la noche recibí otra llamada del sujeto desconocido. ¿Qué numero era que lo llamaba? Respuesta: Era un 0426 y jamás el sujeto se identificó. ¿Por dónde le envió usted el número de cuenta para que depositara? Respuesta: por mensaje de texto, y la cuenta era de la señora yusmary Rangel ella vive en Mérida, sector Carabobo. ¿Su esposa le envió el número de cuenta al sujeto para que depositara? Respuesta: No estoy en cuenta. ¿Se materializo en algún momento algún depósito o transferencia? Respuesta: No ninguno. Y la cuenta era Banesco. ¿Cuándo fue la última vez que recibió otra llamada del sujeto desconocido? Respuesta: El 10 de Mayo de 2017...” Acto seguido se le concede el Derecho de palabra al Defensor Público, Abogado TENIENTE CORONEL PAUL JONES BALLEN, para que ejerza su defensa, quien expuso: “Buenas Tardes, ciudadano Juez por lo antes expuesto Niego Rechazo y contradigo todo lo expresado por el Ministerio Publico, ya que mi defendido es un oficial con años de antigüedad y con arraigo en el país, totalmente dispuesto a colaborar con la justicia.es por lo que solicito respetuosamente 1) se tenga en cuenta lo establecido en el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referido a la Familia, 2) se considere lo establecido en el artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal, concerniente al principio de buena fe, 3) se tenga en cuenta lo establecido en el 229 del Código Orgánico Procesal Penal concerniente al estado de libertad. 4) por tal sentido solicito le sean concedidas las medidas cautelares en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal en los numerales que este tribunal considere, es todo”. Oída las partes este Tribunal concede un receso de 30 minutos; una vez pasado el tiempo establecido este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL DE LA FRIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión por orden judicial del ciudadano CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338, imputado por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1°, DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el encabezado del artículo 520, CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 561, de la COBARDIA Y OTRO DELITOS CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565 todos del Código Orgánico de Justicia Militar;. SEGUNDO: Se declara con lugar el procedimiento ordinario en la presente investigación fiscal, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: Se declara con lugar la solicitud de la Fiscalía Militar en cuanto a que sea tomada la presente Audiencia como acto formal de imputación, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Código Orgánico Procesal Penal; CUARTO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Fiscalía Militar, en cuanto a que sea decretada la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano CAPITÁN CARLOS LUIS BASTIDAS MORALES, C.I.V-13.206.338, imputado por la presunta comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 509 numeral 1°, DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el encabezado del artículo 520, CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 561, de la COBARDIA Y OTRO DELITOS CONTRA EL DECORO MILITAR previsto y sancionado en el artículo 565 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, El Departamento de Procesados Militares Santa Ana, Estado Táchira QUINTO: Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la Defensa en cuanto a que sean otorgadas las Medidas Cautelares previstas en el artículo 242, del Código Orgánico Procesal Penal. Con la lectura de la presente acta quedan notificadas las partes de esta decisión según lo previsto en el artículo 161 del Código Orgánico Procesal Penal. Terminó se leyó y conformen firman, siendo las 18:50 horas.