REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 03 de marzo del año 2017
AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2016-001070
PARTE DEMANDANTE: CARLOS JAVIER VILLANUEVA ALVAREZ
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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Efren Caripa , Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 53.216
PARTE DEMANDADA: HOSPITAL CLINICO LOYOLA S.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: no compareció en juicio
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En horas de despacho del día de hoy, 03 de marzo del año 2017, siendo las 9:30 AM., día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se anuncia la misma por parte del Alguacil del Tribunal, CESAR ALVARADO NO COMPARECIENDO la parte demandada ni la el ciudadano CARLOS JAVIER VILLANUEVA ALVAREZ, ni por si ni por medio de apoderado judicial, en su carácter de parte actora. En virtud de lo cual, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ
ABG. MÓNICA QUINTERO
LA SECRETARIA,
ABG. EMILY CABALLO
EL ALGUACIL
CESAR ALVARADO
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