REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora
Carora, treinta de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP12-F-2017-000004.-
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus Apoderados, a cuyo efecto establece:
PARTE DEMANDANTE: ciudadana MARIA TERESA NICOLASA BETANCOURT DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.939.127.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ciudadano MARIO JOSE QUERALES SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.999.557, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 75.754.
PARTES DEMANDADAS: ciudadanos YESIKA ELIZABETH LOPEZ DE LAGO, MARGARETH LISBETH LOPEZ GONZALEZ, CAROLINA LISETH LOPEZ GONZALEZ, OLYMAR NASSETH LOPEZ GONZALEZ, VICTOR ORLANDO LOPEZ GONZALEZ Y ANA ELIZABETH LOPEZ BETANCOURTH, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.760.751, V- 10.764.618, V- 12.943.271, V- 13.346.786, V- 16.441.179 y V- 22.261.114, respectivamente.
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO
Tipo De Sentencia: AUTO RESOLUTORIO (TERMINADO)
I
De una revisión exhaustiva a las actas procesales que conforman el presente expediente, se puede evidenciar que el presente Juicio se encuentra definitivamente concluido por cuando se ha declarado firme la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada en fecha 29/03/2016; en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Carora, DECLARA TERMINADO EL PROCESO, y se ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
La Juez Provisoria
Abg. Mayra Urbaneja Zabaleta
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registró, bajo el N° 12/2017, de los Autos Resolutorios dictados por este Tribunal, y se publicó siendo las Nueve y Diez horas de la mañana, (09:10 a.m.), y se expidió una copia para el copiador. Conste.
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez