REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

ASUNTO: KP02-S-2017-000123

Vista la Anterior SOLICITUD PRESENTADA por los Ciudadanos: CARMEN ZAMBRANO MORA Y PASTOR RAMÓN SUAREZ TORRES, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 9.364.717 y V- 5.251.867, de este Domicilio, ASISTIDOS por el ABOGADO EN EJERCICIO: SEGUNDO PASTOR COLMENAREZ QUERO, Inscrito en el I.P.S.A BAJO EL N° 207.811, Evacuados los Testigos por ante este Despacho, este Tribunal Considera Suficientes las Declaraciones, y Llenos los Requisitos para Declarar a Favor de los Solicitantes anteriormente Identificados, la Propiedad de las Bienhechurías que se encuentran Plenamente Identificadas en la Presente Solicitud, las cuales Construyó con Dinero de su Propio Peculio, en un Lote de TERRENO EJIDO, cuya Ubicación, Medidas, Características y Linderos Constan en la Solicitud que Encabeza estas Actuaciones. En Consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a Favor de los Ciudadanos: CARMEN ZAMBRANO MORA Y PASTOR RAMÓN SUAREZ TORRES, de Conformidad con lo Establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZ TEMPORAL,


ABG. BELÉN BEATRIZ DAN COLMENAREZ.- EL SECRETARIO SUPLENTE,


ABG. CARLOS ESPINOZA.-