REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR JURISDICCIÓN VOLUNTARIA


DE LA PARTE SOLICITANTE:

Ciudadana: ELIUSKA RIVAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 26.722.187, Abogada en Ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nº 260.067, actuando en nombre y representación de la ciudadana YELITZA JOSEFINA FARIAS CARAMAUTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 13.121.228, según instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Puerto Ordaz quedando registrado bajo el Nº 49, Tomo 176, folios 172 hasta 174.

MOTIVO: SOLICITUD DE INSPECCION JUDICIAL
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Con vista a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos que la acompañan, y cumplidas como se encuentran las formalidades establecidas en el auto de admisión dictado en fecha 02 de marzo de 2017, específicamente lo relativo a la practica de la Inspección Judicial solicitada, a tal efecto, se deja constar el TRASLADO Y CONSTITUCION DEL TRIBUNAL Siendo las 09:30 a.m., por indicación de la Ciudadana ELIUSKA RIVAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. 26.722.187, Abogada en Ejercicio inscrita en el IPSA bajo el Nº 260.067, a la siguiente dirección: Notaría Pública Segunda de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, ubicada en la Torre Caura, Nivel SS, Carrera Tocoma, Alta Vista, Municipio Caroní, Estado Bolívar. Se notificó al Ciudadano DIEGO GUERMIS PEROZA MINOTTI, titular de la cedula de identidad Nº v-16.393.510 en su carácter de Notario Encargado de la Notaría Segunda de Puerto Ordaz, Estado Bolívar. Se evacuaron seis particulares; el Tribunal se abstuvo de evacuar el particular séptimo, por cuanto la solicitante no hace uso del mismo. Siendo las 11:05 a.m. se cerró el acto y el Tribunal vuelve a su sede natural.
En merito de lo expuesto y practicada como ha sido la presente solicitud de Inspección Judicial, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Nro. 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.152, de fecha 2 de Abril del 2.009 y Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante plenamente identificada en dicha solicitud, en forma original con sus resultas.

Publíquese, regístrese, cúmplase lo ordenado.

Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los tres (03) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR


Dr. DANIEL JOSE RODRIGUEZ AYALA
EL SECRETARIO


Dr. LUIS ENRIQUE GONZALEZ M.


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, se devuelven las actuaciones en un total de 38 folios.


EL SECRETARIO


Dr. LUIS ENRIQUE GONZALEZ M.



SOLICITUD Nº 20464.-
DJRA/legm/Judhit.-