REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR JURISDICCIÓN VOLUNTARIA


DE LA PARTE SOLICITANTE:

Ciudadano: NELSON MORA MONTOYA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. 1.909.780, representado judicialmente por la Abogada en Ejercicio BERTA FERNANDEZ DE MORA e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 12.419.

MOTIVO: SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN JUDICIAL
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Con vista a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y los recaudos que la acompañan, y cumplidas como se encuentran las formalidades establecidas en el auto de admisión dictado en fecha 09 de Marzo de 2.017, específicamente lo relativo a la práctica de la Notificación Judicial, por indicación del Ciudadano: NELSON MORA MONTOYA, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. 1.909.780, representado judicialmente por la Abogada en Ejercicio BERTA FERNANDEZ DE MORA e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 12.419, en la siguiente dirección: Galpón “METALMEG” S.A, Calle Neverí, Zona Industrial Sur Aeropuerto, Parcela 284-09-05, Puerto Ordaz Estado Bolívar, se evacuaron los particulares solicitados, se notifico al ciudadano JUAN DOMINGO PARIS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.630.313, se practico la Notificación Judicial solicitada.

En merito de lo expuesto y practicada como ha sido la presente solicitud de Notificación Judicial, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Nro. 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.152, de fecha 2 de Abril del 2.009 y Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante plenamente identificada en dicha solicitud, en forma original con sus resultas.

Publíquese, regístrese, cúmplase lo ordenado.

Dada, Sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los Diez (10) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2.017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR


Dr. DANIEL JOSE RODRIGUEZ AYALA

EL SECRETARIO


Dr. LUIS ENRIQUE GONZALEZ M.

En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las once y diez minutos de la mañana (11:10 a.m.) y se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO


Dr. LUIS ENRIQUE GONZALEZ M.


SOLICITUD Nº 20486.-
DJRA/legm/Yasbi.S.-