REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 29 de marzo de 2017
206º y 157º
Vista la diligencia de fecha 22 de marzo de 2017, suscrita por el ciudadano JOSE RAFAEL LEON HERNANDEZ representante legal de la empresa MULTISERVICIOS JERICO C.A.., asistido por el abogado ANTONIO RAFAEL PADRON inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.335 y de este domicilio quien expone “… Por cuanto la parte demandada no se opuso a la presente pretensión en el lapso legal establecido es por lo que solicito al tribunal proceda a la ejecución forzada de la demanda y se tenga como sentencia pasada en autoridad a cosa juzgada de acuerda lo establecido en el articulo 651 C.P.C…”, el tribunal por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que la parte intimada no consigno la suma señalada por el tribunal y muchos menos hizo oposición al decreto de intimación de fecha 30/01/2017, en razón de ello procédase en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada tal como lo señala el artículo 652 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase
El Juez
Dr. José Rafael Urbaneja Trujillo
El secretario,
Abg. Emilio Prieto.-
JRUT/marlis*