REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 01 DE JUNIO DE 2017
AÑOS: 207º Y 158º
JURISDICCION CIVIL
Vista la diligencia de fecha 23 de Mayo de 2.017, presentada por el ciudadano ALFREDO JOSE LEZAMA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. 29.057.740, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio PATRIZIA TIBARI, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 132.367, mediante la cual solicita la devolución de los originales consignados en el presente expediente, en consecuencia el Tribunal acuerda lo solicitado y ordena la devolución de los originales previa su certificación todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, así mismo, DECLARA TERMINADO la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS incoado por la ciudadana MARYSEL CEDEÑO MATEY, y a tales efectos ordena el archivo del expediente. Así lo hace saber.
LA JUEZ,
ABG. ANA MERCEDES VALLEE.
EL SECRETARIO,
ABG. WILLIAMS CARABALLO.
AMV/Wc/doraicy
Exp. 16.287
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