REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, Veintiocho (28) de Junio del 2017
206º y 157º
ASUNTO: KP02-H-2017-001357
SOLICITANTES: GABRIELA ALEXANDRA LOPEZ y YEFFERSON ANTONIO GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs 25834172 y 24399521 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): (IDENTIDAD OMITIDA)
FECHA DE NACIMIENTO: 05/01/2014
MOTIVO: HOMOLOGACION RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DERECHOS PROTEGIDOS: DERECHO A TENER UNA FAMILIA

Por recibido en fecha 14/06/2017 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la FISCALIA DECIMA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos GABRIELA ALEXANDRA LOPEZ y YEFFERSON ANTONIO GARRIDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs 25834172 y 24399521 respectivamente; en beneficio de (IDENTIDAD OMITIDA); este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por la FISCALIA DECIMA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:
“PRIMERO: El padre compartirá con su hijo dos fines de semana al mes de manera alternada, buscando al niño por el colegio o la casa materna los dias viernes previo aviso telefonico a la madre y lo regresaria el domingo a las 04:00 pm al hogar materno. igualmente el padre puede compartir con su hijo un dia entre semana previo aviso telefonico a la madre. SEGUNDO: El dia de la madre el niño compartirá con la madre y el dia del padre con el padre. TERCERO: En época de Carnaval, el niño compartirá con el padre y en Semana Santa con la madre, alternado los años proximos. CUARTO: En el mes de Diciembre, el padre compartirá con su hijo los dias 24/12 y 31/12 desde las 09:00 am hasta las 06:00 pm del mismo dia que regresa al hogar de la madre. QUINTO: En vacaciones escolares, el niño compartirá una semana con cada progenitor de manera alternada hasta culminar las vacaciones escolares. Es Todo.”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) (IDENTIDAD OMITIDA) y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto la RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por la FISCALIA DECIMA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Veintiocho (28) días del mes de Junio de dos mil diecisiete (2017). Año 206º y 157º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN,
ABG. ABG. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

La Secretaria,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1209-2017 y se publicó siendo las 03:14 pm
La Secretaria,,
IVBT/ Lourdes