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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Barquisimeto, doce de julio de dos mil diecisiete
 207º y 158º
 ASUNTO : KP02-F-2015-000125
 
 Siendo el día 11/07/2017 la oportunidad legal fijada por el Tribunal para el acto de contestación de la demanda de Divorcio seguido por el ciudadano ANDERSON ALEXIS GUTIERREZ TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.922.776, de este domicilio, contra la ciudadana ROSA MARIA DAZA TOVAR, venezolana,  mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.730.200, de este domicilio,  se deja constancia que la parte actora no compareció a Ratificar e insistir sobre la demandada. En consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Déjese copia.-
 
 
 
 
 La Juez Provisorio
 
 
 
 Johanna Dayanara Mendoza Torrea
 La Secretaria
 
 
 
 Rafaela Milagro Barreto
 
 En este misma fecha se dejo copia Resolución N°196 anotada en el libro diario bajo el N° 35.-
 
 La Sec.
 
 
 
 JDMT/Viviana
 
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