REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiséis (26) de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: KP02-Z-2004-000812
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DEMANDANTE: MEDARDA YANEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.859.813.
DEMANDADA: DAMARYS DAYANA FERREIRA PEREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.573.468.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, venezolano de 15 años de edad.
FECHA DE NACIMIENTO: (se desconoce).
FECHA DE ENTRADA DEL ASUNTO: 20-02-2017
MOTIVO: “COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION” (TERMINADO)
DERECHOS PROTEGIDOS: DEBIDO PROCESO.

Por recibido el presente expediente del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, con motivo de demanda que por Colocación Familiar interpusiera la ciudadana MEDARDA YANEZ RODRIGUEZ, ya identificada, en contra de la ciudadana DAMARYS DAYANA FERREIRA PEREZ, igualmente identificada, en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE, señalando en el escrito libelar, que se decrete Colocación en entidad de Atención.
En fecha 23 de marzo de 2004 es admitido por el Tribunal de Juicio Nº 2 de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, ordenándose notificar a la parte demandada, notificar a la Fiscal del Ministerio. Seguidamente se ordeno la realización de las experticias parcial con informe social y psicológico por parte del Equipo Multidisciplinario.
Por auto de fecha 17 de febrero de 2016, se decreto la inviabilidad de la notificación de la ciudadana DAMARYS DAYANA FERREIRA PEREZ, seguidamente se fijo oportunidad para la realización de la audiencia de Sustanciación.
En la oportunidad fijada para la realización de la audiencia de sustanciación se dejo constancia de la presencia de la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público. Igualmente se dejo constancia de la incomparecencia de las partes en juicio, quien no se presento ni por si ni por medio de apoderado judicial que la representare, seguidamente se incorporaron los medios probatorios promovidos en el libelo de demanda y se prolongo la audiencia para el día 14 de noviembre de 2016, donde se declaro concluida la fase de sustanciación.
Recibido por este Tribunal de Juicio el presente expediente, se observo que mediante asunto KP02-Z-2004-2309, Con motivo de Adopción, y cuaderno separado KHOU-X-2011-000043, El Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en fecha 07 de junio de 2011, Decreto Medida de Colocación Familiar con miras a la Adopción del beneficiario de autos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENT, en el hogar de los ciudadanos PETER WLADIMIR DRAGAN GUINTHER y ORAIMA MERCEDES CORONADO DE DRAGAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 3.426.428 y 9.116.639. Ahora bien, analizadas las actas del proceso, debe inferir ésta Juzgadora que lo procedente sería declarar TERMINADO el presente procedimiento, por cuanto no existe objeto o materia sobre la cual decidir y cesó la controversia que origino la presente causa, por cuanto el beneficiario se encuentra en el hogar de los ciudadanos PETER WLADIMIR DRAGAN GUINTHER y ORAIMA MERCEDES CORONADO DE DRAGAN bajo la figura legal de la Adopción. Así se decide.
DECISION:
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido con el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 177 parágrafo primero literal “a”, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, intentada por la ciudadana MEDARDA YANEZ RODRIGUEZ, identificada en autos, en contra de la ciudadana DAMARYS DAYANA FERREIRA PEREZ, plenamente identificada en autos.
Regístrese y publíquese. Devuélvanse los documentos originales a las partes, dése por terminado en el sistema juris, y se ordena el archivo del presente expediente.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, veintiséis (26) de julio de 2017. Años: 207º y 158º

LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO,

ABG. MARY JULIE PULGAR QUINTERO.

LA SECRETARIA,


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 00455 -2017 y se publicó siendo las 11:33 Am.-.
LA SECRETARIA,








ASUNTO: KP02-Z-2004-000812
Motivo: Colocación en Entidad de Atención
MP// Abg. Jheicy Arangu.