REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.

Barquisimeto, diecinueve (19) de julio de 2017
207º y 158º

ASUNTO: KP02- V-2017-001300

Demandante: FRANCIS INES PIRE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.196.062.
Demandado (a): VICTOR DANIEL RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-17.134.963.
Beneficiaria: Niña (IDENTIDAD OMITIDA) tres (03) años de edad. F N, 10-04-2014. Fecha de entrada: 08-05-2017.
Motivo: Régimen de Convivencia Familiar DESISTIDO de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos
En fecha lunes diecisiete (17) de julio de 2017, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, fijada en auto de fecha 22 de junio de 2.017, entre los ciudadanos Francis Ines Pire Rodríguez y Victor Daniel Rodríguez Pérez, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.196.062 y V-17.134.963, respectivamente, Previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja constancia de la comparecencia del demandado ciudadano Victor Daniel Rodríguez Pérez, portador de la cédula de identidad Nº 17.134.963, no encontrándose presente la parte actora ciudadana Francis Ines Pire Rodríguez, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de Régimen de Convivencia Familiar incoado por ciudadana (o) FRANCIS INES PIRE RODRIGUEZ, contra ciudadana (o) VICTOR DANIEL RODRIGUEZ PEREZ quedando extinguida la Instancia, pudiendo presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto diecinueve (19) de julio de Dos Mil diecisiete (2017). Años 207º y 158º.
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

La Secretaria

En la misma fecha se público y se registro quedando anotada bajo el Nº 1377-2017, siendo las 02:37 p.m.
La Secretaria


KP02- V-2016-001300
IVBT/Abg. Robersi.-
19-07-2017