EL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
AÑOS: 206º Y 157º
JURISDICCIÓN CIVIL
SOLICITANTE: ANGEL MANUEL PEREZ, ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V-4.594.068, V-15.781.209, V-15.781.208 y V-18.000.239, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: ADELSO ENRIQUE POLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-9.797.212, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.100, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Expte. S-10.969-2017
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos Angel Manuel Perez, Angel Rolando Perez Arteaga, Arnold Ronald Perez Arteaga y Angel Ronaldo Gregorio Perez Arteaga venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-4.594.068, V-15.781.209, V-15.781.208 y V-18.000.239, respectivamente, debidamente asistido por el ciudadano ADELSO ENRIQUE POLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-9.797.212, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.100, de este domicilio; en la cual solicita que de conformidad con las disposiciones establecidas en los Códigos Civil y de Procedimiento Civil, se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.594.068, en su condición de cónyuge sobreviviente y a los ciudadanos ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-15.781.209, V-15.781.208 y V-18.000.239, respectivamente, en su condición de hijos de la fallecida MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-8.536.420, siendo su último domicilio en Tumeremo, Calle Carabobo, sector la Tejas de Tumeremo, Municipio Sifontes, estado Bolívar, y la cual falleció el siete (07) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), a consecuencia de: “CANCER DE HIGADO Y DE PULMON”, tal y como se evidencia del Acta de Defunción expedida por Registro Civil del Municipio Sifontes del estado Bolívar, en fecha 17 de mayo de 2016, asentada bajo el Nº 48, de los Libros de Registro Civil de Defunciones del año 2016.
Acompañando la solicitud los siguientes recaudos:
• Copia Certificada del Acta de Defunción de la De Cujus MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ.
• Copia Certificada del Acta de Matrimonio de la De Cujus MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ y el ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ.-
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de los ciudadanos ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA.-
• Copia fotostática simple de la cédula de Identidad de los ciudadanos: ANGEL MANUEL PEREZ, ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA.-
Por auto de fecha 25 de enero de 2017, este Tribunal le dio entrada, y ordeno su anotación en los Libros de Registro de Solicitudes, bajo el N° S-10.969-2017, y se ADMITE por cuanto a lugar a derecho. Así mismo se fijó oportunidad para la declaración de los Testigos que presente la parte interesada.-
En fecha 30 de enero de 2017, se escucharon las declaraciones de los testigos, ciudadanos OCHOA MALAVE LEONER ANTONIO y BASTARDO CEDEÑO JUAN MANUEL, titulares de las cédulas de identidad Nº V-3.902.490y V-11.337.003, respectivamente.-
Ahora bien vistos y analizados los recaudos que fueron acompañados al escrito a fines de demostrar sus pretensiones, esta Juzgadora le da pleno valor probatorio por tratarse de documentos públicos, así como a las testimoniales por encontrarlos hábiles y contestes.
A tal efecto se observa que la exposición formulada por el solicitante, los instrumentos presentados y demás justificaciones que acompaño, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste al ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ, ya identificado, en su condición de cónyuge sobreviviente y a los ciudadanos: ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA, en su condición de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ.
Así se decide.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ, al ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.594.068, en su condición de cónyuge sobreviviente y a los ciudadanos ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.781.209, V-15.781.208, V-18.000.239, respectivamente, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones al solicitante y déjense copias certificadas para el archivo de este Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la Sede donde Despacha el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Tumeremo a los tres (03) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Esmeralda Muñoz García.-
La Secretaria,
Abg. Keidi Robles Jiménez.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en auto anterior.
La Secretaria,
Abg. Keidi Robles Jiménez.-
EMG/KRJ/nzc.-
Solic.10.969-2017
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