Que los solicitantes antes identificados, alegan haber contraído Matrimonio Civil, en fecha Catorce (14) de Julio del año 2012, por ante el Registro Civil de Ciudad Piar del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar; acompañando Copia certificada del Acta de Matrimonio y Copia de la Cédula de Identidad de los mencionados cónyuges; asimismo los cónyuges manifestaron que su ultimo domicilio conyugal fue en la Calle Principal de la Población de Santa Bárbara Casa S/N, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del estado Bolívar.-
Que los solicitantes de marras, manifiestan que de dicha unión no procrearon hijos; así como también alegaronque no adquirieron bienes de fortunas dentro de la Comunidad Conyugal. -
De igual manera alegan los peticionarios, que decidieron de mutuo acuerdo separarse de hecho, suspendiendo en efecto la vida en común, viviendo cada uno en domicilios diferentes sin reconciliación de alguna naturaleza. Por las argumentaciones antes explanadas, es por lo que solicitan a éste Despacho Judicial se declare el Divorcio, y en consecuencia se disuelva el vínculo matrimonial, todo acorde a lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano y la Nueva Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. -