ASUNTO: FP02-J-2017-000063
Resolución Nº PJ08320170000084
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por INSTITUCIONES FAMILIARES (GUARDA), de fecha 19-01-2017, suscrita por los ciudadanos: JOSE NOEL FILLIPS y ANYER JOSMAR CARPIO CALZADILLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.936.887 y V- 21.110.863 respectivamente, en beneficio de la niña y del niño (Identidad omitida de acuerdo a lo preceptuado a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)que nació el 5-11-2013 y (Identidad omitida de acuerdo a lo preceptuado a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), que nació el 20-05-2011, quienes cuentan con tres (03) y cinco (5) años de edad respectivamente, debidamente asistidos por la Abg. ROSA DEL CARMEN PRIETO, Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito con Materia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la circunscripción del Estado Bolívar, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Primer Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo dispone el artículo 375 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
ABG. VERONICA JOSEFINA BARRETO.
LA JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION (PROVISORIO)
ABG. YAQUELINE RODRIGUEZ
LA (EL) SECRATARIA (O)
VJB/Annis González
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