REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR OCTAVO DE CONTROL CON SEDE EN PUERTO AYACUCHO

Corresponde a este Tribunal Militar Octavo de Control, celebrada como ha sido la correspondiente Audiencia de presentación en fecha Lunes 13 de febrero de 2017, en la que se encontraban presentes; el Teniente José González González, Fiscal Militar Con Competencia Nacional, el S/M2da Gerardo José Medina Escorche, Defensor Público Militar y el imputado Sargento Primero Luis Rafael Colmenarez Herrera, Identificado con la Cedula de Identidad N° V-18.145.041. Dicho lo anterior este Tribunal a los fines de resolver lo pertinente en cuanto a la solicitud de las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 373 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable en la Jurisdicción Penal Militar por remisión supletoria de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar y que durante el desarrollo de este Acto Procesal antes señalado, exponiendo los fundamentos de sus peticiones, habiéndose oído al imputado y a su defensa, decretando este Órgano Jurisdiccional; Medida Preventiva Privativa de Libertad a petición de la Vindicta Pública por encontrarse satisfechos los elementos señalados en el artículo 236 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal por estar presuntamente incurso en los Delitos Militares de INSUBORDINACION, previsto y sancionado en el Artículo: 512 numeral 1; DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en el Artículo 519, y NEGLIGENCIA previsto y sancionado en el Artículo 538 del Código Orgánico de Justicia Militar. Se procede a efectuar la presente motivación ello en base a las disposiciones previstas en los artículos 26 y 49 (numeral 1) de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 13, 157 y 347 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal.