REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de enero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO: KP02-F-2017-000008

Revisada como ha sido la presente solicitud presentada por MARWINS RAFAEL FIGUEROA y SOLYBHERT DEL MILAGRO IZARRA PEREZ, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.641.490 y V-16.794.623, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio, KENYA APARICIO GUTIERREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.257, en donde manifiestan su voluntad de divorciarse conforme al artículo 185-A del Código Civil, este tribunal observa que en el escrito libelar fijaron el domicilio conyugal en la Urbanización la Mora. Cabudare Municipio Palavecino del Estado Lara, lo cual corresponde a dicha Jurisdicción. Del análisis de lo anterior, y tomando en cuenta que la competencia es un requisito indispensable para que el Juez entre a examinar el mérito de la causa, y sus actuaciones deben ser cumplidas dentro de los límites de las atribuciones que acuerdan las leyes, es por lo que a juicio de este sentenciador, en acatamiento a lo establecido en los artículos 42 y 60 del Código de Procedimiento Civil, las presentes actuaciones deben pasarse al Juez competente con jurisdicción de Palavecino y Simón Planas en el Estado Lara, para que este continúe el conocimiento de la presente causa, Y ASÍ SE DECIDE.-
En consecuencia este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer del presente asunto y declina la competencia del mismo al Tribunal Distribuidor del Municipio Palavecino y Simón Planas, del Estado Lara, para que sea distribuida a cualquier Tribunal de esa jurisdicción, a los fines de que este continúe con el conocimiento de la presente causa. Remítase désele salida una vez precluido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.-

La Juez Temporal

Abg. Belén Beatriz Dan Colmenarez
El Secretario Suplente

Abg. Carlos Espinoza