REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho (08) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

ASUNTO: KP02-S-2017-005079

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus JUAN LUCAS CHIRINOS SANCHEZ, quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nº V- 438.867 y falleciera ab intestato el día 23 de marzo de 2016, según consta en acta de defunción cursante en el presente asunto, a favor de los ciudadanos WILLIANS JOSE CHIRINOS COLINA, PETRA BEATRIZ CHIRINOS COLINA, ROSA MARGARITA CHIRINOS DE PEROZA, LUIS ALBERTO CHIRINOS COLINA, JACQUELINE TERESA CHIRINOS COLINA y MERY JANETTE CHIRINOS COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.5.244.664, 4.731.159, 5.253.339, 6.147.468, 7.356.219 y 7.420.492 respectivamente. Asimismo se declara heredera a la ciudadana LEURIZ MARIANA CHIRINOS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.760.002 en representación de su padre premuerto el De cujus JUAN ALEJANDRO CHIRINOS COLINA. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales junto con sus resultas a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
LA JUEZ PROVISORIA


ABG. DIOCELIS PEREZ BARRETO


EL SECRETARIO TEMP.


ABG. LUIS FERNANDO RUIZ

DJPB/LFR