REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, nueve (09) de Agosto de 2017
207º y 158º
ASUNTO: KP02-V-2017-000824
DEMANDANTE: DALY MAHILYN DIANORA SANTAELLA AGUILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-16.283.966.
DEMANDADO: RONNY RAUL GRANADOS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-13.787.062.
BENEFICIARIOS: (IDENTIDAD OMITIDA)
FECHA DE NACIMIENTO: 19/07/2004 y 11/12/2009, respectivamente.
MOTIVO: Declaración de desistido el procedimiento de AUTORIZACION DE VIAJE por aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
FECHA DE ENTRADA DE ASUNTO: 20/03/2017.
DERECHO PROTEGIDO: DEBIDO PROCESO.


En fecha 07 de Agosto de 2017, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR EN FASE DE SUSTANCIACION, entre los ciudadanos DALY MAHILYN DIANORA SANTAELLA AGUILA y RONNY RAUL GRANADOS LOPEZ, ya identificados, se dejó constancia que ninguna de las partes en juicio comparecieron a la referida audiencia, ni por si, ni por medio de un apoderado que los representare, por lo que la ciudadana Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Andreína Margarita Marrelli Palencia, en aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara desistido el procedimiento. Y ASI SE DECLARA.

DECISION
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la audiencia preliminar en fase de sustanciación, conforme lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede en Barquisimeto administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara DESISTIDO el procedimiento de AUTORIZACION DE VIAJE, incoado por la ciudadana DALY MAHILYN DIANORA SANTAELLA AGUILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-16.283.966, en contra del ciudadano RONNY RAUL GRANADOS LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nº V-13.787.062, y se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los mismos remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de agosto de 2017. Años 207º y 158º

LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION,


ABG. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA

El Secretario,

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1709-2017 y se publicó siendo las 03:30 p.m.

El Secretario,

AMMP/JEPM.-